Artículo:
indicación renovada de la diputada señora Daniella Cicardini: Para incorporar un nuevo artículo tercero transitorio del siguiente tenor:
“Solo podrá inscribirse en el registro de las EAT un número de automóviles equivalente al 50% de los taxis básicos inscritos en el registro de los servicios de transporte de pasajeros en cada región del país, dentro del plazo de un año de entrada en vigencia de esta ley. Dicho porcentaje será revisado cada 2 años contados desde la entrada en vigencia de la ley, según los disponga en la reglamento.”.
Trámite:
Primer Trámite / Primer Informe