Materia:
Modifica la ley N° 20.422, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad, para promover el uso de lengua de señas en los ámbitos educacional y laboral
Artículo:
artículo 34 contenido en el numeral 4) del artículo único con la siguiente indicación parlamentaria renovada:
Para reemplazar en el artículo 34 la frase “a través de la lengua de señas como primera lengua y en español como segunda lengua” por la siguiente: “incluyendo preferentemente el uso de la lengua de señas, entre otros medios”
Trámite:
Primer Trámite / Segundo Informe