Artículo:
con la salvedad de la oración que incorpora a los trabajadores que se desempeñen en los órganos señalados en los capítulos VII, VIII, IX, X y XIII de la Constitución Política de la República y a aquellos que sus propias leyes declaren como autónomos, incorporada en el artículo 1 y de la frase que sigue al punto seguido en el numeral 2 del artículo 2 del proyecto, por tratar materias propias de ley orgánica constitucional.
Trámite:
Primer Trámite / Primer Informe