Materia:
Modifica la Carta Fundamental, para reservar escaños a representantes de los pueblos originarios en la integración del órgano constituyente que se conforme para la creación de una nueva Constitución Política de la República
Artículo:
Indicación renovada del diputado señor Mellado:
para agregar un nuevo artículo transitorio Trigésimo:
“Trigésima. Con la finalidad de resguardar y proteger la participación de las personas en situación de discapacidad en las elecciones de los Convencionales Constituyentes para redactar la nueva Constitución, se establecerán un porcentaje mínimo de un 10% de los candidatos en las listas conformados por un solo partido, las listas de personas independientes y los pactos electorales a nivel nacional.
La infracción de los incisos anteriores acarreará el rechazo de todas las candidaturas declaradas al Órgano Constituyente del partido o pacto de independientes que no haya cumplido con estos requisitos.”
Trámite:
Primer Trámite / Primer Informe
Quorum
Reforma Constitucional 3/5