Materia:
Proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables Senadores señora Provoste y señores Latorre, Montes y Quintana, que modifica la ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada, con el objeto de prohibir que se informe sobre las deudas contraídas para financiar la educación en cualquiera de sus niveles.
Artículo:
artículo único del proyecto con las siguientes indicaciones renovados de los diputados señores Bellolio, Bobadilla y Pardo:
1. Para reemplazar la frase “a estudiantes para cursar estudios en educación superior” por “a estudiantes para cursar carreras conducentes a grado de licenciado, título profesional o título técnico de nivel superior”.
2. Para sustituir la frase “ni alguna deuda contraída con la finalidad de recibir para sí o para terceros un servicio educacional en cualquiera de sus niveles” por la siguiente: “o créditos otorgados por las instituciones de educación superior no podrán comunicarse una vez transcurridos 5 años contados desde que el deudor se constituya en mora”.
Trámite:
Segundo Trámite / Segundo Informe