Materia:
Reconsideración de la declaración de inadmisibilidad efectuada por el Presidente de esta Corporación del inciso final del artículo tercero, por el cual se aumenta en cuatro semanas el descanso prenatal, por apartarse de la idea matriz de la moción que origina este proyecto, incurriendo en la inadmisibilidad prevista en el artículo 24 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y por incidir en la administración financiera y presupuestaria del Estado y en materias de seguridad social, ambas materias de iniciativa exclusiva del Presidente de la República, de conformidad a lo preceptuado en el inciso tercero y numeral 6 del artículo 65, respectivamente, de la Constitución Política de la República.