Materia:
Modifica la ley Nº18.700, orgánica constitucional Sobre votaciones populares y escrutinios, para habilitar el voto mediante correo, de personas que por distintas razones tengan dificultad o imposibilidad de trasladarse al local de votación
Artículo:
En votación el artículo 74 ter incorporado por el numeral 4) del artículo único en los términos propuestos por la Comisión de Gobierno Interior en su segundo informe, con la salvedad de su inciso final y que requiere para su aprobación del voto favorable de 87 señoras y señores diputados.
Trámite:
Primer Trámite / Segundo Informe
Quorum
Ley Organica Constitucional