Materia:
Modifica la Carta Fundamental, para establecer que aquellos pensionados que hayan ejercido el derecho de anticipo consagrado en la ley N°21.330, una vez que hayan pagado el total de las sumas que se le hayan adelantado, volverán a percibir la renta vitalicia mensual originalmente pactada con la aseguradora
Trámite:
Primer Trámite / Primer Informe
Quorum
Reforma Constitucional 3/5