Materia:
Sustituye el artículo 66 de la Carta Fundamental, en relación con los quórums necesarios para la aprobación, modificación o derogación de las normas legales que se indican.
Artículo:
Indicación renovada del diputado señor Luis Sánchez, para agregar un nuevo inciso, de cuyo tenor dará lectura el señor Secretario:
“Los proyectos de ley que limiten, restrinjan o de cualquier forma impidan los derechos y garantías establecidos en el artículo 19 de esta Constitución, requerirán para su modificación las cuatro séptimas partes de los senadores y diputados en ejercicio”.
Trámite:
Segundo Trámite / Primer Informe
Quorum
Ley Organica Constitucional