Artículo:
Indicación para sustituir la letra b) del artículo 3° por la siguiente:
"b) Intercálanse, a continuación del punto que sigue a la expresión "abonados", las siguientes oraciones:
"“Asimismo, los establecimientos cuya actividad principal sea ofrecer al público servicios de acceso a Internet, de forma gratuita u onerosa, a través de computadores propios o administrados por ellos, deberán mantener en carácter de reservado un registro de los usuarios no inferior a un año, con su nombre, cédula de identidad, o con los datos que aparecen en la licencia de conducir o en el pase escolar, fecha y hora del servicio e individualización del equipo en el cual utilizó el servicio.
El juez de garantía, a petición de ministerio público, podrá ordenar el examen de dicho registro en los términos de los incisos primero y segundo de este artículo"."
Trámite:
Primer Trámite / Primer Informe