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Publicado 14/04/2016 10:30:00

Gobierno retiró la urgencia al proyecto de bono para funcionarios públicos de Atacama y se abrió al diálogo

El presidente de la Comisión de Hacienda, diputado Manuel Monsalve, valoró que el Ejecutivo accediera a la petición hecha por la instancia parlamentaria e informó que se dará plazo para las negociaciones hasta el próximo martes 19 de abril, fecha en que se procedería a la votación de la iniciativa legal, idealmente, con indicaciones negociadas con los trabajadores.

El presidente de la Comisión de Hacienda, diputado Manuel Monsalve, valoró que el Ejecutivo accediera a la petición hecha por la instancia parlamentaria e informó que se dará plazo para las negociaciones hasta el próximo martes 19 de abril, fecha en que se procedería a la votación de la iniciativa legal, idealmente, con indicaciones negociadas con los trabajadores.

Accediendo a la petición formulada por la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, el Gobierno retiró hoy la urgencia al trámite legislativo del proyecto (boletín 10603) que otorga una asignación extraordinaria para los funcionarios de menores remuneraciones de la región de Atacama, ello en la perspectiva de conformar una mesa de diálogo con los trabajadores y llegar a un acuerdo en la materia.

"Nosotros hemos buscado favorecer que se produzca un diálogo entre el Gobierno y los trabajadores de la región de Atacama, ese ha sido el objetivo de contribuir de la Comisión de Hacienda. Hoy día hemos logrado un acercamiento. El Gobierno ha hecho un gesto que permite eventualmente abrir un espacio de diálogo, que es retirar la urgencia que tenía el proyecto, que era de discusión inmediata (máximo seis días para el trámite) y que obligaba a la Comisión de Hacienda a discutirlo en el día de hoy", puntualizó el presidente del grupo parlamentario, diputado Manuel Monsalve (PS).

El legislador calificó el hecho como un "gesto razonable" y llamó a los trabajadores a acogerlo en esa línea y a dar otro paso en pro de un acercamiento de las posiciones, deponiendo transitoriamente la movilización y generando con ello una instancia adecuada para sentarse a conversar con el Gobierno.

Evaluó que el actual proyecto, con el contenido que tiene, no resuelve ningún problema, ya sea que la Comisión lo apruebe o lo rechace. "Por eso estimamos sensato que se haga un esfuerzo para reponer el diálogo que permita un proyecto de ley que pueda resolver el conflicto que hay en la región de Atacama. Hemos hecho esa contribución y esperamos que el diálogo sea fructífero el día lunes", planteó.

Finalmente, el parlamentario comunicó que la Comisión de Hacienda va a colocar el proyecto en tabla para el martes 19 de abril, fecha en que se espera recibir un paquete de indicaciones que hayan surgido de un acuerdo entre los trabajadores y el Gobierno.

Propuesta vigente

El proyecto, tal como está formulado a la fecha, contempla la entrega de una asignación a los trabajadores del sector público de la región de Atacama de 200 mil pesos, que se otorgará por una sola vez y se pagará en una sola cuota en el mes subsiguiente a la fecha de publicación de la presente ley en el Diario Oficial. La asignación será imponible, tributable y no servirá de base de cálculo de ninguna otra remuneración.

Para poder acceder al beneficio, los funcionarios públicos deberán tener contrato vigente al 1° de enero de 2015; encontrarse en servicio a la fecha del pago de la asignación; y tener derecho a una remuneración bruta mensual igual o inferior a setecientos mil pesos, por una jornada de trabajo de 44 o más horas semanales en el mes inmediatamente anterior al pago de la asignación extraordinaria.

Además, el proyecto indica que los funcionarios favorecidos deberán pertenecer a algunas de las siguientes categorías:
1. Personal de planta, a contrata o contratados acorde a la normativa del Código del Trabajo, que sean remunerados según lo dispuesto en el DL 249, de 1973, y en el Título I del DL 3.551, de 1980.
2. Personal de planta o a contrata de la Dirección General de Aeronáutica Civil.
3. Personal de la Atención Primara de Salud Municipal, regido por la Ley 19.378.
4. Asistentes de la educación regidos por la Ley 19.464, que se desempeñen en los establecimientos educacionales administrados directamente por las municipalidades o por corporaciones privadas sin fines de lucro creadas por estas.
5. Funcionarios académicos, no académicos, profesionales y directivos de la Universidad de Atacama.
6. Funcionarios municipales regidos por el Título II del DL 3.551, de 1980, y por la Ley 18.883.

Los trabajadores estiman que la propuesta legal no se condice con los acuerdos alcanzados con anterioridad con el Gobierno. Entre varios puntos, se refuta el carácter transitorio del bono; se exige que el estudio que determina el costo de vida de la región sea validado por todos los sectores; y se sostiene que el proyecto no puede ser un punto final de las negociaciones.