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Publicado 31/01/2017 10:00:00

Proyecto que regula la permanencia en el territorio de Isla de Pascua avanza con amplio consenso

El grupo parlamentario ya ha aprobado más de la mitad del texto legal y contempla, al actual paso, su total despacho en el mes de marzo, desde la Comisión.

El grupo parlamentario ya ha aprobado más de la mitad del texto legal y contempla, al actual paso, su total despacho en el mes de marzo, desde la Comisión.

Con un amplio nivel de consenso se ha ido desarrollando, al interior de la Comisión de Medioambiente, la votación del articulado del proyecto (boletín 10683) que viene a regular el ejercicio de los derechos a residir, permanecer y trasladarse, hacia y desde, el territorio especial de Isla de Pascua.

El grupo parlamentario, que ya ha aprobado más de la mitad del texto legal, se manifestó conforme con el ritmo del trámite y evaluó que, al actual paso, sería posible su total despacho en el mes de marzo, desde la Comisión.

El diputado David Sandoval (DC), analizando lo ya aprobado, resaltó la importancia de haber ya definido las normas relativas a la carga demográfica y a la declaratoria de saturación que depende de dicha carga. "Esto es prácticamente el corazón del proyecto, así como lo relativo a la forma de reaccionar cuando se superan estos umbrales que se establecen como carga básica para la isla", planteó.

El legislador, sin embargo, lamentó que no se lograra incluir una tasa o impuesto especial para la entrada a Rapa Nui, que hubiese beneficiado directamente a la comunidad, ya que el Ejecutivo decidió no patrocinar dicha postura, estimando que ya estaba considerado un cobro por el ingreso al parque.

Para el diputado Daniel Melo, quien ofició de presidente accidental de la Comisión, uno de los puntos más importantes a considerar en el trámite de esta propuesta legal, es el valor que se le ha dado a la opinión de los propios pascuenses, consultados sobre los diversos temas, tanto en la propia isla como en el Congreso Nacional.

"Una buena parte de este proyecto está basado en relación a ese acuerdo que se logró con las comunidades, por tanto, hemos tratado nosotros como legisladores de poder llevar adelante este debate, en relación al trabajo que se realizó con las comunidades y no tener solamente un proyecto que esté inspirado desde el punto del vista del Ejecutivo, sino también poder incorporar esa mirada", puntualizó.

El parlamentario, al igual que el diputado Sandoval, estimó que dos de los temas más relevantes aprobados dicen relación con los estudios que serán la base para determinar la capacidad de carga demográfica de la isla, así como la norma que permite la declaración de saturación, que se gatillará cuando se alcance dicho límite de carga.

Detalles de los artículos ya aprobados

Entre los artículos ya sancionados por la Comisión se encuentra la definición del derecho a residir, permanecer y trasladarse, hacia y desde el territorio especial de Isla de Pascua, para toda persona, cumpliendo los requisitos que en este marco legal se fijan. En este punto, se determina que las limitaciones definidas en este cuerpo no serán afectas a las personas pertenecientes al pueblo Rapa Nui.

La ley también avanza en definir plazos máximos de permanencia en el territorio especial, las posibilidades que se abren para modificar dichos límites y las personas exceptuadas de estos márgenes (familiares pertenecientes al pueblo Rapa Nui; las que ejercen cargos de autoridad política o administrativa y los que cumplen servicios o funciones específicas contratadas, entre otros).

Asimismo, el proyecto determina los requisitos de ingreso a Isla de Pascua (cédula de identidad o pasaporte, pasajes de regreso, reserva de alojamiento, acreditación de medios para el autosustento) y las obligaciones de información de ingreso de pasajeros y tripulantes por parte de las empresas de transporte aéreo o marítimo.

Luego, tal como lo anunciaron los diputados Sandoval y Melo, se determinan las características del decreto de carga demográfica del territorio especial en periodo de latencia y saturación, el que deberá fundarse en un estudio de gestión y considerar para sus lineamientos los informes emitidos por los órganos de la administración del Estado con competencia en la materia.

Sin perjuicio de esto, se determina que el Consejo de Gestión de Carga Demográfica podrá solicitar, de manera fundada, al Ministerio del Interior y Seguridad Pública, la revisión y/o modificación total o parcial de sus disposiciones, cuando los hechos o antecedentes que sirvieron de fundamento para el mismo hayan sufrido alteraciones significativas.

A seguir, se precisan las características y temporalidad del citado estudio de gestión, así como del plan de gestión dependiente de este. Su principal fin será determinar el conjunto de políticas públicas destinadas a velar porque la capacidad de carga demográfica del territorio especial en periodo de latencia y saturación no sea superada.

Finalmente, se acordaron las normas relativas al registro y monitoreo de los flujos de ingreso y salida de personas y su permanencia; a la declaratoria de latencia y los efectos temporales originadas de esta; y la declaratoria de saturación.