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Publicado 02/01/2020 10:50:00

Dan cuenta en Sala de acusación constitucional en contra de intendente Felipe Guevara

En la ocasión, se sortearon los integrantes de la comisión que analizará la admisibilidad del libelo acusatorio, siendo electos: José Miguel Castro (RN), Pablo Lorenzini (DC), José Miguel Ortiz (DC), Alejandra Sepúlveda (FRVS) y Diego Ibáñez (CS).

En la ocasión, se sortearon los integrantes de la comisión que analizará la admisibilidad del libelo acusatorio, siendo electos: José Miguel Castro (RN), Pablo Lorenzini (DC), José Miguel Ortiz (DC), Alejandra Sepúlveda (FRVS) y Diego Ibáñez (CS).

En conformidad de las normas constitucionales, legales y reglamentarias, esta mañana se presentó en la cuenta de la sesión de la Sala de la Cámara de Diputados la acusación constitucional en contra del intendente de la región Metropolitana de Santiago, Felipe Guevara.

El libelo fue presentado por las diputadas Karol Cariola (PC), Claudia Mix (Comunes), Catalina Pérez (RD) y Gael Yeomans (CS), junto a los legisladores Gabriel Ascencio (DC), Ricardo Celis (PPD), Tomás Hirsch (PH), Amaro Labra (PC), Manuel Monsalve (PS) y Luis Rocafull (PS).

En lo principal, la acusación plantea infracción a la Constitución, en relación a la vulneración de la libertad de expresión, el derecho de reunión y el principio de legalidad, lo anterior en el contexto de la crisis social vivida por el país.

Tras su presentación en la cuenta, se procedió a sortear a los cinco legisladores que integrarán la comisión que estará encargada de evaluar el mérito jurídico de la presentación. Al respecto fueron electos los diputados José Miguel Castro (RN), Pablo Lorenzini (DC), José Miguel Ortiz (DC), Alejandra Sepúlveda (FRVS) y Diego Ibáñez (CS).

Tras este acto, comienza a regir el plazo de tres días para notificar, personalmente o por cédula, al acusado. A partir de lo anterior, el intendente tendrá un plazo de diez días para concurrir ante la comisión encargada de la acusación, ya sea en forma personal o por escrito.

La instancia, a su vez, desde el momento de dicha comparecencia, tendrá un plazo de seis días para estudiar la acusación constitucional y pronunciarse sobre ella, poniendo luego el libelo a disposición de la Sala de la Corporación, la cual lo podrá votar hacia la segunda quincena de enero.

Cabe mencionar que las acusaciones constitucionales tienen su base normativa en la Constitución Política (artículo 52), en la Ley Orgánica del Congreso Nacional (Título IV) y en el Reglamento de la Cámara de Diputados (Título VI).