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Publicado 21/10/2015 10:13:20

Comisión de Recursos Hídricos aprueba modificación al Código de Aguas

Presidenta de la instancia, diputada Yasna Provoste, destacó que los cambios permitirán asegurar agua para el consumo de la población por sobre otro tipo de usos.

Presidenta de la instancia, diputada Yasna Provoste, destacó que los cambios permitirán asegurar agua para el consumo de la población por sobre otro tipo de usos.

Como “un proyecto con cambios históricos” calificó la diputada DC, Yasna Provoste, presidenta de la Comisión de Recursos Hídricos, la iniciativa que modifica el Código de Aguas, aprobada por esta instancia y despachada a la Comisión de Agricultura (boletín 7543).

La parlamentaria valoró el consenso alcanzado en la comisión en torno a una mirada común sobre el uso del agua para las personas y señaló que “son muchos los cambios y podríamos afirmar que nuestro Código de Aguas está en camino de sintonizar con las demandas mundiales que existen en torno a este vital elemento, privilegiando el consumo humano e incorporando, por primera vez, determinados beneficios para las comunidades indígenas”.

En particular, la presidenta de la instancia destacó que la principal reforma que contiene este proyecto es la priorización de usos de la función de subsistencia lo que asegurará el abastecimiento de agua para la población.

“En esto hay que destacar que, sin importar la tendencia de los integrantes de esta comisión, todo el articulado que defiende el derecho humano al agua fue alcanzado de forma unánime, y también la comisión fue capaz de incluir importantes artículos para asegurar su priorización efectiva“.

Finalmente, la diputada Provoste destacó que una vez que este nuevo Código esté aprobado por el Congreso Nacional, se podrá dejar atrás situaciones como la distribución de agua en camiones aljibe y que los mayores beneficiados serán los comités y cooperativas de agua potable del país, que hoy atienden a una población de 1,6 millones de personas.

Contenido del proyecto

El texto aprobado por la Comisión de Recursos Hídricos, define el acceso al agua potable y saneamiento como un derecho humano esencial e irrenunciable que debe ser garantizado por el Estado. Además, se establece que siempre prevalecerá el uso para el consumo humano, el uso doméstico de subsistencia y el saneamiento, tanto en el otorgamiento, como en la limitación al ejercicio de los derechos de aprovechamiento.

Además, se crea la figura de un permiso transitorio (hasta 2 años) para que los Comités y la Cooperativas de APR, aprovechen las aguas solicitadas, hasta 12 l/s, mientras se tramita la solicitud definitiva y la posibilidad del Estado de reservar aguas disponibles, para otorgarlas en concesión y satisfacer los usos de la función de subsistencia.

Asimismo, la normativa indica que no se podrán constituir derechos de aprovechamiento en glaciares ni otorgarse derechos de agua en las áreas declaradas bajo protección oficial para la protección de la biodiversidad (parques nacionales, santuarios de la naturaleza, monumentos naturales, humedales de importancia internacional -RAMSAR- y reservas de área virgen.

En cuanto a las capacidades del Estado para gestionar el agua, entre las más destacables del proyecto está el fortalecimiento de las atribuciones de la Administración para prorratear y redistribuir las aguas y preservar la sustentabilidad del acuífero.

En cuanto a fomentar el uso efectivo del agua, el proyecto perfecciona el sistema de cobro de patente por no uso, estableciendo de un procedimiento de remate más expedito y menos costoso para la Administración, y también se crean normas para regularizar los derechos, donde se obliga al titular de un derecho de aprovechamiento de aguas constituido a inscribirlo en el CBR.