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Publicado 25/07/2017 10:30:22

A Sala proyecto que establece penas sustitutivas en favor de personas que padezcan una enfermedad terminal

La iniciativa crea un régimen de cumplimiento extrapenitenciario, a favor de estas personas. Para esto, el texto legal considera que la afección de una enfermedad en fase terminal deberá ser certificada por el Servicio Médico Legal.

La iniciativa crea un régimen de cumplimiento extrapenitenciario, a favor de estas personas. Para esto, el texto legal considera que la afección de una enfermedad en fase terminal deberá ser certificada por el Servicio Médico Legal.

La Comisión de Constitución aprobó y despachó a Sala el proyecto de ley que establece penas que indica como sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad, para aplicar un nuevo régimen de cumplimiento de condena, en favor de personas que padezcan una enfermedad terminal (boletín 11024).

De acuerdo a los autores, el texto legal busca seguir la senda de países que han incorporado en sus legislaciones motivos de excarcelación por razones humanitarias. No obstante, el proyecto recalca que la intención no es cancelar el cumplimiento de la pena propiamente tal.

El diputado Cristián Monckeberg (RN), uno de los autores del proyecto, explicó que la iniciativa “busca que personas que están cumpliendo condena, puedan -cuando entran en una fase terminal producto de una enfermedad- cumplir la condena en la casa con una nueva fórmula que creamos en la ley que es la ley de reclusión domiciliaria total, que no existía. Por lo tanto, va a tener la posibilidad, cualquier condenado, de solicitarle al juez para que estando en fase terminal, previo informe del Servicio Médico Legal, que cumplan la condena en la casa”.

El parlamentario espera que la iniciativa se apruebe en la Sala, ya que busca la necesaria humanidad que tiene que existir en reos de cualquier categoría que tengan que cumplir condena.

Consultado por el tenor del debate en la votación con respecto a una eventual exclusión de los reos de Punta Peuco, el diputado Monckeberg recalcó que “este proyecto de ley beneficia, porque eso sería discriminación, a todos quienes hayan sido condenados cualquiera sea el tipo de delito”.

Por su parte el diputado Hugo Gutiérrez (PC), quien se manifestó en contra de gran parte de los artículos, argumentó su rechazo señalando que “sin duda el proyecto tenía como propósito favorecer a los reos de Punta Peuco. Por supuesto, no iba a estar mi voluntad ni mi votación para favorecerlo. Yo tengo la convicción más absoluta que aquellos que violaron los derechos humanos de todos los chilenos, del pueblo chileno, tienen que cumplir la penalidad que le ha impuesto nuestro poder judicial con un debido proceso donde ellos han tenido la defensa oportuna y donde están en una cárcel ya con un beneficio que, si efectivamente tiene edades avanzadas, es porque Chile se ha tardado en hacer justicia.”

Indicó que “no es posible hoy estar pensando en liberarlos cuando en Chile ha habido una denegación de justicia por tantos años. En consecuencia, no me voy a prestar para votar favorablemente una moción que lo que buscaba era dejar en libertad a genocidas”.

Para el legislador, el proyecto se disfraza con favorecer a todos aquellos enfermos terminales o en fase terminal, como se planteó en la iniciativa. “En realidad, esta es una moción parlamentaria donde los únicos que deben estar festinando en este momento son los internos de Punta Peuco”, concluyó.

Uno de los puntos de mayor debate y que, finalmente, fue rechazado en la comisión fue el centrado en una indicación presentada por el diputado Osvaldo Andrade (PS), quien proponía que este nuevo régimen de condena no se aplicara a condenados por crímenes de lesa humanidad ocurridos entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990, ni para condenados que hubiesen actuado como agentes del Estado en calidad de funcionario público o tratándose de un particular.