Posted on:

Aprueban informe de Comisión Investigadora sobre irregularidades en el padrón electoral

El informe señala que el Registro Civil no cumplió con los protocolos definidos para el cambio de domicilio electoral, ni con las medidas de control necesarias; en tanto que asigna al Servel la responsabilidad de haber validado información sin los comprobantes básicos.

La Sala de la Cámara aprobó, con 60 votos a favor, el informe de la Comisión Investigadora encargada de analizar las irregularidades en el padrón electoral que impidió que un número indeterminado de ciudadanos pudiera ejercer su derecho a sufragio en las elecciones municipales de 2016 (texto completo del informe).

El texto, que fue entregado a la Sala por el diputado Arturo Squella (UDI), asigna responsabilidades para el Servicio Electoral (Servel) y para el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCEI).

Respecto de este último, la comisión concluyó que la responsabilidad del organismo “se habría originado en la generación de ajustes informáticos que implicaron que no se reflejara en el campo correspondiente el domicilio electoral que supuestamente debió ser indicado por el requirente”.

En ese sentido, la instancia recomienda revisar el contrato y auditar las actuaciones de la empresa a cargo de dicha plataforma. Pero, además, agrega que “se acreditaron también errores humanos en el proceso que ejecutaba el SRCEI, sin que se evidenciara intencionalidad a consecuencia de un procedimiento que resultó ser poco claro y sin que existiera una adecuada supervisión de parte del superior jerárquico, a pesar de que había protocolos establecidos que no se estaban cumpliendo, lo cual fue refrendado por la auditoría efectuada a dicho Servicio que acreditó que se hacían cambios de domicilio sin entregar el documento de respaldo que sustentaba el cambio solicitado por el interesado”.

En lo que respecta a Servel, y a la luz de la investigación, los diputados indican en el informe que las actuaciones del organismo “se apegaron, en general, en esta materia al estándar establecido por la ley N° 18.556, confirmado por las reiteradas solicitudes al SRCEI. Con todo, se hace presente que la responsabilidad del SERVEL radica en haber modificado los domicilios sin contar con los comprobantes que acreditaran los requerimientos de los electores en cuanto a los cambios de domicilio, como lo exige la ley. Por otra parte, no se tomaron las medidas oportunas para mejorar los mecanismos de coordinación entre el SERVEL y el SRCEI, en relación a los domicilios electorales”.

En tercer término, la Comisión Investigadora propone, “para profundizar nuestra institucionalidad democrática y facilitar su acceso a las personas”, una modificación sustancial a la normativa vigente en el sentido de acotar el cambio de domicilio electoral al SERVEL, lo que en la práctica debería materializarse en la acción del ciudadano de manera presencial o vía internet en el sitio WEB de dicho Servicio.