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Comisión Especial Investigadora de los actos del Gobierno y de las policías en el marco del control del orden público, que hayan significado afectación o violación de los derechos humanos de civiles desde el 28 de octubre de 2019 en adelante.

Tipo de Comisión: Especial Investigadora

Ficha Comisión Investigadora

Fecha

Texto

Sesión

Documento

15 jun. 2021

Comunica que la Cámara de Diputados, en sesión de 15.06.2021, accedió a la solicitud de prórroga del plazo de vigencia de la CEI 44, por treinta días, a contar del 10 de julio, esto es, hasta el 16 de agosto de 2021,

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5 may. 2021

Comunica que el diputado Labbé reemplazará en forma permanente al diputado Sanhueza

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5 mar. 2020

La Cámara de Diputados acordó la integración de la Comisión Especial Investigadora 44.

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8 ene. 2020

Petición de 73 señores Diputados quienes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52, N° 1, letra c) de la Constitución Política de la República y el artículo 313 del Reglamento de la Corporación, solicitan la creación de una Comisión Especial Investigadora de "Los actos de los órganos de Gobierno, en particular del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, de Carabineros de Chile, y de la Policía de Investigaciones de Chile, relacionados con actuaciones o intervenciones de la autoridad, en el marco del control del orden público, que hayan provocado lesiones o muerte, o consistieren en apremios ilegítimos o tratos crueles, inhumanos o degradantes, o violencia sexual contra civiles, o que hayan implicado afectación o violación de los derechos humanos de civiles; tratándose de detención o privación de libertad de civiles, deberá investigar la legalidad, duración o proporcionalidad de tales medidas, y la proporcionalidad o no en el uso de la fuerza en tales gestiones. Todo ello en el período comprendido entre el día 28 de octubre de 2019, y la fecha en que esta comisión especial concluya su investigación". Para el cumplimiento del propósito la referida Comisión Especial deberá rendir su informe en un plazo no superior a 90 días y para el desempeño del mandato podrá constituirse en cualquier lugar del territorio nacional. Para el cumplimiento del propósito la referida Comisión Especial deberá rendir su informe en un plazo no superior a 90 días y para el desempeño del mandato podrá constituirse en cualquier lugar del territorio nacional".

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8 ene. 2020

Se acuerda crear la Comisión Especial Investigadora (75 votos a favor, 38 en contra y 8 abstenciones)

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8 ene. 2020

Oficio al Abogado Secretario Jefe de Comisiones por el cual se comunica la creación de la Comisión Especial Investigadora

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