Materia:
Artículo 1°. - Modifícase la ley N°21.430, sobre garantías y protección integral de los derechos de la niñez y adolescencia, del siguiente modo: - 10 (12). En el artículo 66:
f) Reemplázase el literal h), que pasa a ser literal f), por el siguiente:
“f) Acceder y utilizar el Sistema de Información y Registro que el Ministerio de Desarrollo Social y Familia ponga a su disposición, a fin de registrar todas las acciones relacionadas con la atención de casos y actualizar o ingresar los datos de los niños, niñas y adolescentes y sus familias, según corresponda, que sean sujetos de atención de la Oficina Local de la Niñez. De conformidad con el artículo siguiente, el Sistema de Información y Registro aludido será parte del Sistema de Información de Protección Integral y deberá proveerle de la información necesaria para su funcionamiento respecto de niños, niñas y adolescentes sujetos de atención de las Oficinas Locales de la Niñez.”.