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Proyecto que prohíbe a colegios negar matrícula para el 2021 por deuda se despachó al Senado

En la sesión, se aprobó una indicación que señala que las medidas de flexibilización en el pago de aranceles no podrán generar intereses ni multas por mora.

Lámina explicativa

En condiciones de pasar a su segundo trámite legislativo, luego de ser despachado por la Sala de la Cámara, quedó el proyecto (boletín 13.585) que señala que los establecimientos educacionales subvencionados con financiamiento compartido y particulares pagados deberán elaborar un plan de medidas extraordinarias que tenga como objeto propender a garantizar la continuidad del proceso educativo de las y los estudiantes, con énfasis en medidas para enfrentar las consecuencias económicas producto de la emergencia sanitaria derivada del Covid-19.

La Sala de la Corporación aprobó en general la propuesta por la unanimidad de 151 votos y, en la discusión en particular, respaldó, por 138 votos a favor, seis en contra y seis abstenciones, una indicación presentada por la diputada Camila Rojas (Comunes).

Dicha norma vino a modificar parte del articulado de la moción señalando que el plan deberá contener y explicitar medidas extraordinarias, tales como becas, rebaja de mensualidades, reprogramación de deudas, entre otras, para aquellos padres, madres y apoderados cuya situación económica se ha visto menoscabada producto de la emergencia sanitaria.

Así también, el cambio aprobado en la Sala determina que la norma se extiende, además, a padres, madres y apoderados que hayan visto menoscabada su situación por haber perdido su empleo a consecuencia de la Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII), por brote del Covid-19, o se encuentren acogidos a la ley que establece un seguro de desempleo o la que faculta el acceso a prestaciones del seguro de desempleo en circunstancias excepcionales.

Asimismo, se agrega que, en caso de que se adopten medidas de flexibilización económicas en las que se establezca una modalidad diversa de pago o en el número de cuotas, el cambio en dichas condiciones no podrá generar intereses ni multas por mora.

La moción, informada en Sala por el diputado Sergio Bobadilla (UDI), contiene también un artículo transitorio que establece que estos planes deberán ser elaborados por los establecimientos dentro del plazo de un mes, desde la fecha de publicación de la norma y donde se deberán incluir las medidas ya implementadas.

El texto finaliza señalando que las y los alumnos que se acojan a estos planes tendrán asegurada la continuidad escolar en el mismo establecimiento para el año 2021, sin que se les pueda cancelar o impedir la renovación de la matrícula.