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Reconocen a organizaciones civiles como promotoras de la actividad física y el deporte

El texto, aprobado por la Cámara y ahora despachado a segundo trámite, promueve cambios a la Ley del Deporte para que la sociedad civil pueda verse favorecida con los beneficios contemplados en este marco legal, por ejemplo, respecto de acceso a fondos públicos.

Dip. Olivera rinde el informe

Impulsar la integración de la población a la práctica de la actividad física y deportiva, por la vía de facilitar la participación de entidades representativas de la sociedad civil en los beneficios de la Ley 19.712, del Deporte, es la finalidad del proyecto (boletín 13870) aprobado por la Cámara y enviado a segundo trámite, al Senado.

La iniciativa, ratificada en general y en particular, se presentó por medio del informe de la Comisión de Deportes, rendido por la diputada Érika Olivera (IND). Allí se explica que tuvo su origen en una propuesta del Ejecutivo que avanza en tres líneas específicas:

  • Se establecen medidas dirigidas a fortalecer las facultades de fiscalización y supervigilancia del Instituto Nacional de Deportes (IND). En especial, los perfeccionamientos se relacionan con la gestión del Registro Nacional de Organizaciones Deportivas.
  • Reconoce la categoría de las “Organizaciones Colaboradoras del Fomento de la Actividad Física y el Deporte”.
  • Incorpora un nuevo objetivo para la destinación de recursos del Fondo Nacional para el Fomento del Deporte.

 

En línea con los citados objetivos, el texto aprobado faculta al IND a impartir instrucciones a las organizaciones deportivas establecidas en esta ley (entidades sociales) y a las organizaciones deportivas profesionales, referidas a su incorporación y permanencia en los registros que administra.

Asimismo, podrá establecer las condiciones que lo facultan para la eliminación de las organizaciones sociales de sus correspondientes registros.

Registro y acceso a beneficios

Fútbol

Luego, especifica qué se entenderá por “organizaciones promotoras de la actividad física y el deporte”. Estas serán aquellas entidades sin fines de lucro, constituidas de conformidad con otros cuerpos legales, que cuenten con personalidad jurídica vigente y que opten por participar del fomento de la actividad física y deportiva, a través de los instrumentos de fomento establecidos.

La calidad mencionada se acreditará mediante la presentación de un certificado ante el IND emitido por el Servicio de Registro Civil. Por medio de este se verificará su inscripción vigente en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro.

El Instituto definirá la forma de presentación y oportunidad para acceder a los beneficios que esta ley contempla. De igual modo, los tipos de organizaciones habilitadas. Ello se plasmará en las respectivas bases de concursos públicos convocados y en los reglamentos que regulan esta materia. Asimismo, dependerá de los criterios de elegibilidad aprobados anualmente por el Ministerio del Deporte.

Respecto del Fondo, se establece que este podrá financiar, total o parcialmente, los proyectos a que postulen las organizaciones promotoras de la actividad física y el deporte. Ello se verificará, prioritariamente, en los territorios donde se ubica población vulnerable.

Por último, se incluye a las donaciones que las beneficien dentro de aquellas que dan derecho al crédito contra el impuesto a la renta.

Consideraciones y debate

En el mensaje se señala que la Ley del Deporte establece un sistema de organizaciones deportivas estructurado conforme a los requerimientos del deporte federado. Esto sirve, fundamentalmente, a los propósitos de la competición deportiva oficial, especialmente del alto rendimiento. Sin embargo, el deporte de participación social no presenta un cauce apropiado de desarrollo en dicho marco.

Adicionalmente, se constata que existen 28.529 organizaciones deportivas inscritas en el Registro de Organizaciones Deportivas del Instituto Nacional de Deportes. De ellas, solo 5.321 mantienen vigente su personalidad jurídica.

A juicio del Gobierno, ello evidencia la necesidad de disponer de una habilitación legal que permita al IND eliminar de dicho Registro a las organizaciones que perdieron su vigencia. Con esto, se espera valorizar el citado instrumento para una mejor gestión de las organizaciones. De igual modo, dar mayor validez al desarrollo de políticas, planes o programas deportivos.

En el debate intervinieron la diputada Olivera y los legisladores Bernardo Berger (IND), Florcita Alarcón (IND), Sebastián Keitel (Evópoli) y José Pérez (PR). Todos ellos valoraron la propuesta y llamaron a seguir por la senda de fomentar el deporte. Igualmente estimaron necesario favorecer con recursos del Estado a los sectores más vulnerables, contrarrestando males como la obesidad y las drogas.

Acuerdos

Dip. Fernández rinde el informe

En la presente sesión, la Sala ratificó tres acuerdos internacionales. Uno ya contaba con su informe rendido en una sesión anterior, mientras que los otros dos textos de la Comisión de RREE los expusieron Maya Fernández (PS) y Pablo Vidal (IND), respectivamente.

En concreto, se trata de los siguientes convenios:

  • De Integración Comercial entre Chile y Ecuador, suscrito en Guayaquil y Santiago, el 13 de agosto de 2020 (boletín 14541). Entre las materias, se desgravarán por parte de Ecuador productos industriales no considerados en acuerdos previos. También incluye artículos sujetos al Sistema Andino de Franjas de Precios.
  • Aprueba el Protocolo relativo a una Enmienda al Convenio de Aviación Civil Internacional (Convenio de Chicago de 1944), adoptado por la Asamblea de la Organización Civil Internacional (OACI), el 10 de mayo de 1984 (boletín 14516).
  • Protocolos relativos a enmiendas al Convenio sobre Aviación Civil Internacional adoptados por la OACI (boletín 14519). Estos textos fueron firmados en Montreal, el 29 de septiembre de 1995 y el 6 de octubre de 2016.

 

Los tres acuerdos pasaron a trámite al Senado.