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Servicios de salud: Sala despachó proyecto que actualiza sus denominaciones

La propuesta, que quedó en condiciones de promulgarse como ley, ajusta las denominaciones legales de algunos Servicios de Salud, adecuándolos a los nuevos nombres y territorios comprendidos en las regiones.

Dip. Eric Aedo rinde el informe

En condiciones de pasar al Ejecutivo para su promulgación como ley quedó el proyecto (boletines 15551 y 15344) que regula las denominaciones de los servicios de salud. Ello, luego que la Sala de la Cámara aprobara el mismo texto planteado por el Senado sobre la materia.

En particular, se propone ajustarlos a los nuevos nombres y territorios comprendidos en las regiones. La idea es vincular estas unidades administrativas de la salud pública con las regiones en donde se emplazan. Esto, más allá de las comunas específicas.

El punto toma en consideración que muchos pacientes que se atienden en los servicios de salud no se sienten representados por sus nombres.

En sus fundamentos, se recuerda que la actual regulación de los Servicios de Salud se concentra en el artículo 16 del DFL 1, de 2005. Sin embargo, se estima que contiene algunas inconsistencias en las denominaciones legales de los servicios de salud. Así, se considera pertinente y adecuada una corrección.

El proyecto consta de dos artículos que reestructuran la norma en la ley respectiva. El primero crea los referidos servicios de salud y enumera la cantidad que habrá por cada región.

Además, especifica que estos, coordinadamente, “tendrán a su cargo la articulación, gestión y desarrollo de la Red Asistencial correspondiente, para la ejecución de las acciones integradas de fomento, protección y recuperación de la salud y rehabilitación de las personas enfermas”.

El segundo artículo ordena correspondencia entre los servicios de salud y sus respectivas denominaciones respecto de las referencias que se hagan a estos en leyes, reglamentos y demás normas jurídicas. Igualmente, en lo relativo a contratos o actos administrativos a las denominaciones.

La presente ley entrará en vigencia el primer día hábil del mes siguiente al de su publicación en el Diario Oficial.

Debate

Sala

En la discusión participaron Marta Bravo (UDI), Daniel Lilayu (UDI), Patricio Rosas (IND), Andrés Celis (RN) y Tomás Lagomarsino (IND).

Las opiniones coincidieron en valorar la propuesta, entendiendo que se hace cargo de las actuales incongruencias en la denominación de algunos servicios de salud con la actual división político administrativa del país. Según se alertó, esto genera gran confusión en los usuarios de los servicios, especialmente, aquellos que son adultos mayores.

Se destacó que, con esta iniciativa, se adecuan los nombres a los cambios territoriales que se efectuaron en los últimos años.

Sí se planteó que está pendiente la creación de un nuevo servicio digital, no territorial. Este daría un marco administrativo, por ejemplo, al ya operativo Hospital digital.