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Conspiración para el sicariato: propuesta legal a pasos de convertirse en ley

La Sala aprobó el informe de comisión mixta que respalda el criterio de la Cámara, con lo cual el texto volvió a la redacción despachada en el primer trámite. Ella avanza en sancionar la conspiración para cometer sicariato, entendiendo que el delito basal ya está tipificado en nuestro ordenamiento penal.

Criminal ejecutando un asesinato

Actualmente, el sicariato está sancionado con penas de cárcel efectiva. Sin embargo, no presenta sanciones específicas cuando este delito se comete en un contexto de conspiración. Para corregir este vacío, la Sala aprobó hoy, por unanimidad, un proyecto que avanza en sus últimos pasos en el Congreso y que es parte de la Agenda de Seguridad definida entre el Parlamento y el Ejecutivo.

La propuesta (boletín 15559) se revisó conforme a los acuerdos alcanzados en la comisión mixta que vino a superar las diferencias con el Senado. Estas se generaron cuando la Cámara rechazó las modificaciones del Senado. Estas buscaban agravar en un grado la pena a quien ejecute un sicariato, tanto si el beneficio era para sí o para un tercero. Asimismo, a la persona que, en forma directa o indirecta, encargara, acordase u ordenase, o actuase como intermediario para perpetrar el delito.

En la comisión mixta, el grupo parlamentario optó por retrotraer el texto a lo despachado por la Cámara. Se entendió que el delito de sicariato propiamente tal ya está penado y que la innovación pasa por abordar aristas no comprendidas con especificidad.

Adecuaciones en el delito de sicariato

Para sus fines, el proyecto modifica el Código Penal. Corrige la actual figura, que apunta a cometer el delito “con ánimo de lucro”, por realizarlo “por beneficio económico o de otra naturaleza en provecho propio o de un tercero”.

La pena se mantiene y es equivalente a presidio mayor en su grado máximo. Esta va desde 15 años y un día a 20 años a presidio perpetuo.

Adicionalmente, se sancionará a quien conspire para cometer homicidio. Esta pena (que se suma a la anterior) será de presidio menor en su grado máximo. Esto es, entre 3 años y un día a 5 años.

Si la conducta descrita se comete en contra de un juez con competencia en lo penal; de un fiscal del Ministerio Público; de un defensor penal público; de un funcionario de Carabineros de Chile, de la Policía de Investigaciones de Chile o de Gendarmería de Chile, en razón del ejercicio de sus funciones, será castigado con la pena de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo. Es decir, desde 3 años y un día a 10 años.

El texto pasó ahora al Senado, donde se espera se apruebe también el informe de comisión mixta. Con ello, el proyecto podrá pasar a fase de promulgación.

Debate

Sala aprueba el proyecto

En la discusión de esta propuesta participaron Andrés Longton (RN), Fernando Bórquez (UDI), Marcos Ilabaca (PS), Jorge Rathgeb (RN), Luis Sánchez (PREP), Andrés Jouannet (IND), Cristián Araya (PREP), Francisco Pulgar (IND), Marta Bravo (UDI) y Mauricio Ojeda (IND).

Todos valoraron que la iniciativa es un avance para sancionar la conspiración para realizar el sicariato. Además, observaron que es un delito que se ve con mayor frecuencia en nuestro país.

También hubo coincidencia en que el Senado cometió un error que debía rectificarse en la comisión mixta.

Varios consideraron que la norma tendrá un efecto disuasivo; en tanto que algunos estimaron que será de ayuda en sus respectivas regiones para restaurar la paz.

 

 

Foto persona disparando: Koolshooters, por Pexels.