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Uso de la fuerza: despachan texto que incluye competencia de justicia militar

Indicación aprobada permite que funcionarios militares y carabineros acusados de delitos sean juzgados en la justicia militar con ocasión de estados de excepción y resguardo de infraestructura crítica, zonas fronterizas y elecciones.

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Las comisiones unidas de Constitución y de Seguridad Ciudadana despacharon a Sala el proyecto que establece las normas generales sobre el uso de la fuerza para el personal de las fuerzas de orden y seguridad pública, y de las fuerzas armadas (boletín 15805) e incluyeron la competencia de la justicia militar.

Tras las sesiones extraordinarias convocadas esta semana, como respuesta por el asesinato de tres carabineros en la comuna de Cañete, el pasado 27 de abril, la instancia despachó el texto que fija, entre otros puntos, los principios y deberes para el uso de la misma.

En ese sentido, las y los parlamentarios rechazaron a principios de esta semana el denominado principio de proporcionalidad, que consistía en establecer que el tipo y nivel de fuerza empleada debe determinarse en atención al grado de resistencia o agresión.

Asimismo, se aprobaron las etapas en el uso de la fuerza. Estas tienen concordancia con el grado de resistencia o agresión al que se ve enfrentado el personal de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, en un contexto particular.

Dentro de estas se encuentran los conceptos de: actuación mediante técnicas de comunicación, reducción física de la movilidad, utilización de fuerza menos letal, entre otras.

Justicia militar

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El último gran debate de estas jornadas lo suscitó la indicación que permite que los delitos imputados a funcionarios de las Fuerzas Armadas y Carabineros -durante su servicio- sean conocidos por los tribunales militares. Ello, en cuatro escenarios específicos: los estados de excepción constitucional; la protección de la infraestructura crítica; el resguardo de zonas fronterizas y el resguardo de actos electorales y plebiscitarios.

No obstante, se estableció que, en ningún caso, los civiles que hayan intervenido en estos hechos podrán ser juzgados por los tribunales militares.

Esta indicación fue presentada por los diputados Andrés Jouannet (AMA), Ximena Ossandón (RN), Camila Flores (RN), Andrés Longton (RN), Jorge Alessandri (UDI) y Diego Schalper (RN).

Al respecto, el oficialismo pidió discutir la admisibilidad de la indicación. A su juicio, la norma estaba fuera de las ideas matrices del proyecto y se añaden funciones a los organismos judiciales – lo cual es de iniciativa exclusiva del Ejecutivo.

Asimismo, que debía consultarse a la Corte Suprema, por ser una materia que atañe al poder judicial.

En esta línea argumentaron las y los diputados Raúl Leiva (PS), Marcos Ilabaca (PS), Maite Orsini (RD) y Gonzalo Winter (CS).

En tanto, los diputados Henry Leal (UDI), Jorge Alessandri (UDI) y Diego Schalper (RN), se manifestaron a favor de la admisibilidad. Sostuvieron que cumplía con los requisitos, delimitando solo cuatro escenarios en los cuales operaría la justicia militar.

Reserva de constitucionalidad

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El gobierno, en tanto, a través de la ministra del Interior, Carolina Tohá, hizo reserva de constitucionalidad, aduciendo que esta propuesta estaba fuera de las ideas matrices.

Una vez sorteada la admisibilidad, que se aprobó por 14 votos a favor y 12 en contra, la instancia debatió el fondo de la iniciativa.

Al respecto, el diputado Soto dijo que arrastraba a las víctimas de violencia militar a la justicia castrense.

En contraposición, el diputado Schalper sostuvo que, ya que se quiere que las Fuerzas Armadas participen en labores que se apartan de su función principal, entonces los militares deben optar a un tribunal más especializado. Y, recalcó, está estrictamente acotado a los cuatro escenarios ya mencionados.

Por su parte, la ministra Tohá dijo que el deber al legislar es darle garantías a todas las partes, lo que a su juicio no se cumple con esta norma.

Otras normas

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Durante esta jornada también se aprobó una indicación del diputado Jouannet sobre la circunstancia de eximente para el personal policial o militar. Ello, cuando, en cumplimiento al mandato recibido, actúa en conformidad con las reglas del uso de la fuerza, cualquiera sea el daño o afectación que se ocasione a las personas o cosas.

Igualmente, se presumirá que concurre la legítima defensa, cualquiera sea el daño que se ocasione al agresor. Esto, respecto de aquel que impida o trate de impedir la consumación de delitos que atenten contra la vida o integridad física del personal policial, militar o de terceros.

Otra indicación aprobada es que a los funcionarios militares que hagan uso de la fuerza no se les aplicarán medidas disciplinarias, como retiro parcial, baja temporal o rebaja de remuneración, mientras no concluya el sumario administrativo. También, en investigaciones del Ministerio Público serán víctimas o testigos, al menos que se corrobore su participación en un hecho punible.

Ello, con el fin de evitar las “bajas exprés”, por presiones de la opinión pública, sin que se aplique todo el proceso administrativo correspondiente.  Esta indicación la presentaron, entre otros, la diputada Gloria Naveillan (Ind) y el diputado Cristian Labbé (UDI).

Por último, las comisiones unidas de Constitución y Seguridad aprobaron los artículos transitorios que establecen la fecha de entrada en vigencia de la ley, una vez publicada en el Diario Oficial. También, el plazo de un año para la dictación de los respectivos reglamentos.