Destacado Proyecto que crea el Registro de Deudores de Pensiones Alimenticias Se debate en la Cámara el proyecto de ley que modifica la ley Nº14.908, Sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, y crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos. La propuesta presentada por el Ejecutivo facilita y mejora el sistema de pago de pensiones alimenticias y promueve el interés superior de niñas, niños y adolescentes, así como el principio de corresponsabilidad. N° Boletín: 14077-18
Oficios de Solicitud de Antecedentes Ver por año 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 2021 2022 2023 Oficio Fecha Destino Documento Repuestas 32290 28 Feb 2023 SEÑOR MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS PDF 0,55 MB 0 La Subsecretaría de Derechos Humanos, informe sobre la denominada "Mesa de Reparación Integral para Víctimas de Violaciones a los Derechos Humanos durante el Estallido Social", dando respuesta a las demás interrogantes que formula. 32267 23 Feb 2023 SEÑOR MINISTRO DE HACIENDA PDF 0,36 MB 1 Motivos que se tuvieron a la vista para excluir al Congreso Nacional de la discusión de las cartas bilaterales del Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (TPP-11), como también si dicha decisión fue consensuada al interior del Gobierno -incluyendo a S. E. el Presidente de la República y al Ministro de Hacienda- o más bien responde a una medida particular del subsecretario de Relaciones Económicas Internacionales. Asimismo, sírvase indicar cuáles serán los mecanismos de discusión para las futuras side letters, en consideración del compromiso adoptado por el propio Gobierno. 30071 05 Jan 2023 SEÑORA DIRECTORA EJECUTIVA DEL SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL PDF 0,32 MB 0 Número de proyectos sujetos al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental que se encuentran judicializados a la fecha. Asimismo, se informe sobre el tiempo de tramitación de cada uno de los proyectos sujetos al referido sistema, dando entrega de un informe comparativo respecto a los tiempos de tramitación promedio en años anteriores. 1