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Aprueban en general proyecto sobre oficios de fiscalización emanados desde la Cámara

El Contralor General de la República, Jorge Bermúdez, sugirió entre otros aspectos, que el procedimiento previo de requerimiento de oficios, información, reiteración y apercibimiento, sea realizado por la Cámara a la autoridad correspondiente.

La Comisión de Gobierno Interior aprobó en general, por 10 votos a favor y 2 abstenciones, el proyecto originado en mociones refundidas sobre oficios de fiscalización, emanados desde la Cámara de Diputadas y Diputados.

En términos generales, se busca establecer un plazo máximo de respuesta de 30 días (hábiles o corridos) a los oficios de fiscalización, dirigidos a la autoridad por los parlamentarios, para así fortalecer la función fiscalizadora de la Cámara.

La propuesta establece sanciones y el procedimiento sancionatorio en caso de que los oficios no se contesten en el plazo legal.

Visión de Contraloría

El Contralor General de la República, Jorge Bermúdez, presente en la sesión, sugirió el tratamiento centralizado desde la Cámara de Diputadas y Diputados con un solo interlocutor. Ello tanto para solicitar información como para recibirla.

Asimismo, planteó que todo el procedimiento previo de requerimiento de información, reiteración y de apercibimiento sea realizado por la Cámara a la autoridad correspondiente. En caso de incumplimiento a dicho apercibimiento, propuso la realización de un procedimiento sancionatorio breve y un sumario, por parte de la Contraloría. (Ver presentación) 

Respuesta a oficios

El primer texto legal modifica la ley 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional. La idea es establecer un plazo máximo de respuesta a los oficios de fiscalización de la Cámara (boletín N° 16.163).

La iniciativa indica que los informes y antecedentes solicitados deberán ser enviados por la autoridad correspondiente. Esto dentro de los 30 días hábiles siguientes al requerimiento de información.

La segunda moción (boletín N° 16.192), igualmente modifica la ley 18.918. Su idea matriz indica que la información de antecedentes deberá ser contestada en un plazo de 30 días corridos improrrogables, contados desde la recepción de la solicitud o petición.

Establece además que, tanto la solicitud o petición, como los informes y antecedentes, deberán remitirse por vía electrónica. Lo anterior, salvo que exista impedimento para ello o que por su carácter de reservado o contenido, sea necesaria una remisión en otro formato.