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Educación envió a la Sala proyecto que garantiza la equidad en la conectividad digital para estudiantes

La instancia legislativa respaldó que los proveedores deban ofrecer tarifas de acceso especiales menores al precio de mercado. Por su parte, el Ejecutivo lamentó la propuesta, que considera una “fijación de precios” y una limitante a la competitividad.

Comisión de Educación

La Comisión de Educación despachó a la Sala el proyecto que modifica diversos cuerpos legales, para incorporar el principio de equidad digital entre los estudiantes, asegurar su conectividad y el acceso a internet, como herramienta en el derecho a la educación (boletines 14579 y 13482).

En la jornada, la instancia respaldó una indicación presentada por la diputada Camila Vallejo (PC). La norma indica que, tratándose de concesionarios de servicios públicos de telecomunicaciones, las prestaciones deberán otorgarse, dentro de su zona de servicio, en el plazo de seis meses, a contar desde la fecha de la solicitud que el interesado presente a la empresa.

Por motivos técnicos calificados, definidos de esa forma por la Subsecretaría de Telecomunicaciones, se podrá prorrogar dicho plazo por otros tres meses, no renovables.

El proveedor deberá desplegar todos los medios necesarios para la provisión del servicio requerido, en el menor plazo posible. Ello, especialmente cuando se trate de territorios en donde existan municipalidades, establecimientos de educación y/o de salud que requieran de internet para su adecuado funcionamiento.

Asimismo, especifica el caso de los establecimientos educacionales y/o de salud que reciben financiamiento público y que realizan la solicitud mencionada. En tal evento, el proveedor deberá entregar internet con una calidad necesaria para los fines particulares que requieren dichos establecimientos. Además, para estos establecimientos deberán ofrecer tarifas de acceso especiales menores al precio de mercado.

El punto generó diversos cuestionamientos de parte del oficialismo y el Ejecutivo. Así, calificaron la propuesta como una fijación de precios que limitaría la competitividad.

Adicionalmente, se aprobó un artículo transitorio. En él se establece que un reglamento regulará los requisitos y condiciones para la entrega de los servicios señalados en la presente ley.