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Deportes despacha texto que deroga norma sobre artes marciales

Al otorgarles el carácter de deporte a estas disciplinas se podrán desarrollar proyectos con jóvenes y niños en riesgo social.

Proyecto Artes Marciales

La Comisión de Deportes aprobó un importante texto para regular la práctica de artes marciales (boletín 15767). La iniciativa deroga las  leyes 18.356, sobre normas y control de las artes marciales y 18.039, que establece el control de las artes marciales. Paralelamente, incorpora el concepto de artes marciales en la ley 19.712, del Deporte.

El objetivo de la iniciativa es proyectar un desarrollo sostenido de estas disciplinas en el país. En esa línea, el otorgarles el carácter de deporte a todas ellas, permitirá desarrollar proyectos con jóvenes y niños en riesgo social.

Adicionalmente, todas estas disciplinas se someterán a la Ley del Deporte y un futuro reglamento establecerá los procedimientos de fiscalización. Igualmente, determinará los requisitos que deberán cumplir los instructores y estudiantes.

En ese contexto, las y los diputados de la comisión aprobaron una indicación en la que se definen los plazos de elaboración de dicho reglamento. El diputado Roberto Arroyo (PSC), autor de la propuesta, informará el proyecto a la Sala.

Violencia en los estadios

En la sesión, además, se inició la votación particular del proyecto que modifica la ley 19.327,  de derechos y deberes en los espectáculos de fútbol profesional (boletín 16.223).

En la oportunidad, la presidenta de la instancia, Erika Olivera (DEM), así como las y los legisladores presentes, destacaron el trabajo mancomunado con el Ejecutivo.

Desde el Gobierno presentaron una serie de indicaciones consensuadas, varias aprobadas por la comisión.

En líneas generales, por un lado se define lo que es un espectáculo de fútbol profesional y sus categorías. A ello, se suma los deberes de diversos actores, entre ellos las empresas que venden entradas y quienes brindan seguridad, en estos espectáculos.

En el debate solo hubo diferencias en lo que se refiere a la definición de asistentes y lo que es el derecho de admisión. Esos temas serán definidos en una próxima sesión.