Materia:
Indicación 44 bis) - 44 bis) De las diputadas Marta González y Natalie Castillo y del diputado Ramírez para incorporar un artículo 12 bis nuevo del siguiente tenor:
“Artículo 12 bis. Obligaciones de transparencia en determinados sistemas de IA. Todo proveedor de sistema de IA, entre los que se incluyen los sistemas de IA sin riesgo evidente, que generen contenido sintético de audio, imagen, vídeo o texto, velarán por que los resultados de salida del sistema de IA estén marcados en un formato legible por máquina y que sea posible detectar que han sido generados o manipulados de manera artificial. Los proveedores velarán por que sus soluciones técnicas sean eficaces e interoperables, teniendo en cuenta las particularidades y limitaciones de los diversos tipos de contenido, los costos de aplicación y el estado actual de la técnica generalmente reconocido.”.