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Publicado 22/09/2014 13:00:54

Proponen que días adicionales de vacaciones para funcionarios de salud municipal en zonas extremas se apliquen sin necesidad de salir de la región

Actualmente la normativa concede los días adicionales de vacaciones si se utilizan en una región distinta a la que prestan servicios, circunstancia que deben acreditar de acuerdo a los reglamentos de las corporaciones municipales de las que dependen. Una moción del diputado magallánico Juan Morano (DC) plantea que el beneficio se conceda sin necesidad de salir de las zonas extremas, tal como se aplica a los trabajadores regidos por el Código del Trabajo.

Actualmente la normativa concede los días adicionales de vacaciones si se utilizan en una región distinta a la que prestan servicios, circunstancia que deben acreditar de acuerdo a los reglamentos de las corporaciones municipales de las que dependen. Una moción del diputado magallánico Juan Morano (DC) plantea que el beneficio se conceda sin necesidad de salir de las zonas extremas, tal como se aplica a los trabajadores regidos por el Código del Trabajo.

El proyecto de ley (boletín 9580) tiene por objeto regular el feriado legal de los funcionarios de la salud primaria, regulado por la ley 19.378. Esta normativa señala que el feriado anual debe realizarse dentro del año en curso, en la forma y oportunidad que no altere el normal funcionamiento de servicio de la salud municipal. Añade que el personal con más de un año de servicio tiene derecho a un feriado de 15 días hábiles con goce de todas sus remuneraciones para el personal con menos de 15 años de servicios; de 20 días hábiles para el personal con 15 o más años de servicios y menos de 20 y de 25 días hábiles para el personal que tenga 20 o más años de servicios.

La ley agrega que los días de feriado se aumentarán en 5 días hábiles para el personal que se desempeñe y resida en las regiones primera, segunda, duodécima y décimo quinta, así como en las Provincias de Palena y Chiloé, sólo en la medida que el uso del referido derecho se efectúe en una región distinta de aquella en la que se desempeña y reside o fuera del territorio nacional, circunstancias que se acreditarán de conformidad a lo que establezca el reglamento.

La moción, presentada por los diputados DC Juan Morano, Iván Flores, Jaime Pilowsky, Patricio Vallespín y Yasna Provoste, junto al independiente Iván Fuentes y el UDI David Sandoval, remitida para su estudio a la Comisión de Salud, destaca que la ley 20.058 señala que “los trabajadores que presten servicios en la Duodécima Región de Magallanes y de la Antartica Chilena, en la Undécima Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, y en la Provincia de Palena, tendrán derecho a un feriado anual de veinte días hábiles". Esta disposición incluye a todos los trabajadores que se rigen por el Código del Trabajo.

Para remediar la aplicación de normativas distintas para privados y funcionarios de la atención de salud municipal, la moción fundamenta que estos últimos “plantean la necesidad de modificar el periodo de vacaciones a 20 días, para aquellos funcionarios con menos de 15 años de servicios, toda vez que la norma que los regula, establece que para aumentar los 5 días adicionales, los funcionarios de la salud deben efectuarla en una región distinta de aquella en la que se desempeñan o deben residir fuera del territorio nacional, además dichas circunstancias deben ser acreditadas en conformidad a lo que establezca el reglamento, elemento que no es exigido para los funcionarios de la salud que se rigen por el Código del Trabajo”.