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Publicado 15/12/2015 15:34:38

Al Senado proyecto que establece indemnización para trabajadores por obra o faena

El texto legal fija una indemnización equivalente a 2,5 días por mes trabajado, para superar la precariedad que enfrentan este tipo de trabajadores.

El texto legal fija una indemnización equivalente a 2,5 días por mes trabajado, para superar la precariedad que enfrentan este tipo de trabajadores.

La Cámara de Diputados aprobó y despachó al Senado, a cumplir su segundo trámite constitucional, el proyecto (boletín 9659) que modifica el Código del Trabajo en materia de indemnizaciones, para establecer una indemnización para los trabajadores sujetos a contrato por obra, faena o servicio, equivalente a la remuneración de 2.5 días por cada mes trabajado.

La iniciativa, que modifica el Código del Trabajo, dispone que si la terminación se produce por aplicación de los dispuesto en el numeral 5 del artículo 159 del mismo cuerpo legal (conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato), el empleador deberá pagar al trabajador una indemnización equivalente a dos y medio días de remuneración por cada mes trabajado y fracción superior a quince días. No será aplicable en estos casos la compatibilidad con la indemnización del aviso previo.

El texto corresponde a una moción presentada por los diputados Lautaro Carmona (PC), Marcos Espinosa (PRSD), Giorgio Jackson (Ind), Tucapel Jiménez (PPD), Daniel Núñez (PC), Marcelo Schilling (PS), Guillermo Teillier (PC), Patricio Vallespín (DC) y de la diputada Karol Cariola (PC) y el ex parlamentario Jorge Insunza.

De acuerdo a los autores, el contrato por obra, faena o servicio se enmarca en el fenómeno de la precarización del trabajo, donde los trabajadores están en situación de desprotección y vulnerabilidad, que se manifiesta, por ejemplo, en la no procedencia de una indemnización equivalente a la indemnización por años de servicio.

La norma actual establece que este tipo de contratos terminan por la causal del numeral 5 del artículo 159 del Código del Trabajo, esto es, la conclusión del trabajo o servicio que los originan, no existiendo obligación para el empleador de pagar indemnización alguna por años de servicio.

Los autores de la moción denuncian que, al amparo de esta normativa, "los empleadores recurren a la práctica abusiva de poner término al contrato de trabajo por obra, faena o servicio invocando la conclusión del trabajo o servicio que le dio origen, no obstante no concurrir los requisitos exigidos para su procedencia".

En este escenario, los trabajadores se ven en la obligación de judicializar el término de la relación laboral para obtener algún tipo de indemnización.