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Publicado 01/08/2017 12:00:22

Ingresa Acuerdo de Libre Comercio entre Chile y Uruguay

La iniciativa fue derivada para su estudio a las comisiones de Relaciones Exteriores y Hacienda

 La iniciativa fue derivada para su estudio a las comisiones de Relaciones Exteriores y Hacienda

Continuando con la política de apertura comercial impulsada por nuestro país, el Gobierno ingresó a trámite legislativo el proyecto que aprueba el Acuerdo de Libre Comercio entre Chile y Uruguay, el que fue suscrito en Montevideo, el 4 de octubre de 2016 (boletín 11334).

El intercambio comercial entre Chile y Uruguay alcanzó, en 2015, U$348 millones, mientras que, en el periodo enero-agosto de 2016, el intercambio comercial totalizó la suma de $198 millones.

Respecto a las exportaciones de nuestro país a Uruguay, en 2015 totalizaron U$149 millones. Los principales productos chilenos enviados fueron preparaciones compuestas no alcohólicas para la fabricación de bebidas, cloruro de potasio, purés y jugo de tomate.

Uruguay, por su parte, nos vendió U$199 millones en 2015, un 14% más que el año anterior. Los principales productos traídos fueron medicamentos para uso humano, de venta al por menor; carne de bovino deshuesada, fresca o refrigerada; y arroz semiblanqueado/blanqueado.


Adicionalmente, Uruguay está en los primeros lugares como destino de las inversiones chilenas, en lo relativo a la producción de celulosa, papeles, cartones y pañales, envases y contrachapados, entre otros.

Asimismo, el sector servicios es el segundo destino de las inversiones chilenas en Uruguay, destacando áreas como el comercio (retail), servicios portuarios, servicios informáticos, construcción y hotelería.

Contenido del Acuerdo

Este Acuerdo coesxistirá con los acuerdos internacionales en que ambos países son parte, tal como el ya mencionado acuerdo de complementación entre Chile y el Mercosur.

Respecto al comercio de bienes, se consolida la circulación libre de bienes ya alcanzada en el marco del acuerdo con el Mercosur, pero incorporando compromisos como la voluntad de ambas partes de trabajar en pos de la eliminación de los subsidios a las exportaciones agropecuarias.

Además, se establece un Comité de Comercio de Bienes, cuyo propósito es fomentar el comercio bilateral y abordar cualquier obstáculo al comercio que pueda surgir, especialmente relacionado con la aplicación de medidas no arancelarias.

El acuerdo también regula la facilitación del comercio, buscando agilizar y reducir el costo del comercio transfronterizo, mientras que se garantiza su seguridad y protección.

Otras materias incluidas en este tratado son las medidas sanitarias y fitosanitarias; obstáculos técnicos al comercio; el comercio transfronterizo de servicios; el comercio electrónico; la política de competencia; la propiedad intelectual; el tema laboral; el medioambiente; la cooperación; el género y comercio; la coherencia regulatoria; y la transparencia y anticorrupción.

De acuerdo al informe financiero que acompaña al proyecto, la implementación del Acuerdo no impacta en los ingresos fiscales, puesto que ya han sido reconocidos en acuerdos previos.

En tanto, su aprobación no representa mayor gasto fiscal, ya que las obligaciones que de su aplicación se deriven serán cubiertas con los recursos que la Ley de Presupuestos del Sector Público contempla para el funcionamiento de la Administración Tributaria.