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Publicado 15/01/2019 11:00:00

Piden al Gobierno definir por ley el derecho a aguinaldo de fiestas patrias y navidad para todo trabajador

La resolución aprobada por la Cámara considera la entrega de un monto mínimo equivalente a una remuneración mensual anual, pagadero en un 50% en septiembre y en 50% en diciembre.

La resolución aprobada por la Cámara considera la entrega de un monto mínimo equivalente a una remuneración mensual anual, pagadero en un 50% en septiembre y en 50% en diciembre.

Por 87 votos a favor, uno en contra y 28 abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó la resolución 306, por medio de la cual se solicita al Presidente de la República el envío de un proyecto de ley que establezca el derecho a aguinaldo de fiestas patrias y navidad para todos los trabajadores.

La iniciativa fue presentada a la Corporación por los diputados/as DC Raúl Soto, José Miguel Ortiz, Víctor Torres, Daniel Verdessi, Gabriel Ascencio y Mario Venegas; independiente Camila Rojas; PC Boris Barrera; PRSD Alexis Sepúlveda; y PS Juan Santana.

Más en concreto, la solicitud plantea al Ejecutivo modificar el Código del Trabajo, para establecer la obligación legal para todos los empleadores de entregar a sus trabajadores aguinaldos de fiestas patrias y de navidad para los meses de septiembre y diciembre, respectivamente, considerando un monto equivalente, como mínimo, a una remuneración mensual anual, pagadero en un 50% para cada mes antes señalado, tomando como base la remuneración mensual promedio del trabajador durante los últimos 6 meses.

Para los/as legisladores/as, que el aguinaldo no sea una obligación legal y dependa de la voluntad de la empresa, tanto en su monto como en el hecho de la entrega misma de la remuneración adicional, ciertamente genera una diferencia entre trabajadores de nuestro país que debe ser solucionado.

Con dicho fin, se propone que este acto sea obligatorio, calculado en la ley como un sueldo complementario anual, dividido en 2 pagos de 50% cada uno, mecanismo que, acotan, es similar a las legislaciones de otros países, que establecen una 13° remuneración en el año, que se entrega principalmente en los sistemas comparados en forma parcializada en dos cuotas en el año.