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Publicado 03/04/2019 9:15:00

Ingresa proyecto que reconoce y protege derechos de las personas con enfermedades terminales

La iniciativa del Ejecutivo busca abordar el tema de la muerte desde la perspectiva de la dignidad de la persona y de la calidad de vida al fin de esta, en relación a los cuidados que se deben otorgar.

La iniciativa del Ejecutivo busca abordar el tema de la muerte desde la perspectiva de la dignidad de la persona y de la calidad de vida al fin de esta, en relación a los cuidados que se deben otorgar.

A trámite legislativo ingresó el Gobierno el proyecto de ley sobre el reconocimiento y protección de los derechos de las personas con enfermedades terminales y el buen morir (boletín 12507).

La propuesta, que fue remitida a la Comisión de Salud para su estudio, busca abordar el tema de la muerte desde la perspectiva de la dignidad de la persona y de la calidad de vida al fin de esta, en relación a los cuidados que se deben otorgar.

Así, se pretenden regular los cuidados paliativos, generando un marco normativo que siente las bases de una verdadera cultura de alivio de síntomas y muerte digna, que considere no solo a la persona enferma sino también a su familia y aquellos que cuidan de él.

En ese sentido, con esta iniciativa se promueve el cuidado integral de la persona con la finalidad de aliviar, dentro de lo posible, los padecimientos asociados a una enfermedad terminal.

Contenido del proyecto

El proyecto establece el ámbito de aplicación de los cuidados paliativos, otorgando una definición de enfermedad terminal, cuyo diagnóstico será esencial para efectos de otorgar las prestaciones constitutivas de cuidados paliativos.

Los cuidados paliativos, indica el texto, tienen como objetivo mejorar la calidad de vida de las personas, previniendo y aliviando síntomas a través de la identificación temprana, la adecuada evaluación y tratamiento del dolor, así como otros problemas de salud, de orden físico y mental.

Además, en cuanto a su apoyo psicológico, los cuidados paliativos también deben considerar a los familiares y a los cuidadores no remunerados.

El documento consagra una serie de derechos que se otorgarán a la persona en situación de enfermedad terminal, indicando que las prestaciones a otorgarse serán aquellas contempladas en la Ley 19.966, que establece un régimen de garantías en salud.

Por otro lado, se establece, de forma clara, que en ninguna circunstancia los tratamientos administrados en el contexto de los cuidados paliativos o su rechazo podrán tener por objeto la aceleración artificial de la muerte, la realización de prácticas eutanásicas o el ensañamiento terapéutico, actos que atentan contra la dignidad de la persona humana.

Finalmente, el proyecto consagra la obligación, respecto de aquellas personas en situación de enfermedad terminal que reciban prestaciones constitutivas de cuidados paliativos en sus domicilios, la obligación de contar con un Registro Clínico de Atención Domiciliaria, en el cual deberán constar al menos los síntomas del paciente y los tratamientos otorgados.