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Publicado 11/04/2019 13:45:00

Aprueban proyecto que privilegia cercanía al asignar locales de votación

La iniciativa, que modifica las Leyes Orgánicas Constitucionales sobre Votaciones Populares y Escrutinios y sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral, retornó a la Comisión de Gobierno Interior para su estudio en particular.

La iniciativa, que modifica las Leyes Orgánicas Constitucionales sobre Votaciones Populares y Escrutinios y sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral, retornó a la Comisión de Gobierno Interior para su estudio en particular.

Solo en general se aprobó el proyecto (boletín 12.426) que incorpora en la legislación el criterio de cercanía al domicilio electoral, como factor para asignar los locales de votación en las elecciones y plebiscitos, incentivando de este modo la participación ciudadana en dichos procesos cívicos.

El artículo primero de la moción modifica la Ley 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, estableciendo que el Servel, con a lo menos 60 días de anticipación a la elección o plebiscito, deberá preferir aquellos locales de carácter público en la medida que existan establecimientos suficientes para atender las necesidades para la instalación de las mesas, considerando criterios de facilidad de acceso para los electores, “asignando a cada elector en el local más cercano a su domicilio electoral”.

El artículo segundo, en tanto, enmienda la Ley 18.556, Orgánica Constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral, de modo que los nuevos electores sean asignados a las mesas receptoras de sufragios existentes de la circunscripción que, "conforme a la última elección, se encuentren en los locales más próximos a su domicilio, primando aquellas” que tengan menos de trescientos cincuenta electores habilitados para votar, hasta completar la cifra máxima de trescientos cincuenta electores por mesa.

Finalmente, el proyecto dispone que cada elector solo podrá ser asignado a una mesa receptora de sufragios y no podrá ser cambiado de ella mientras mantenga su domicilio electoral vigente en dicha circunscripción electoral “o cuando exista una mesa cuya ubicación geográfica se encuentre más próxima a su domicilio”.

Esta moción de la/os diputada/os RN Andrés Longton, Marcela Sabat, Andrés Celis, Gonzalo Fuenzalida, Carlos Kuschel, Hugo Rey, Alejandro Santana y Cristóbal Urruticoechea, junto al Evópoli Andrés Molina, tras sumar 97 votos a favor, uno en contra y 17 abstenciones, retornó a la Comisión de Gobierno Interior para su estudio en particular.