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Publicado 03/09/2019 16:00:00

Despachan al Senado proyecto que perfecciona legislación en torno a la lengua de señas

La iniciativa fue aprobada en general el pasado 11 de julio, ocasión en que fueron presentadas indicaciones que obligó a la elaboración de un segundo informe que, finalmente, ratificó el texto previo.

La iniciativa fue aprobada en general el pasado 11 de julio, ocasión en que fueron presentadas indicaciones que obligó a la elaboración de un segundo informe que, finalmente, ratificó el texto previo.

Sobre la base del segundo informe de la Comisión de Desarrollo Social, la Sala de la Cámara de Diputados aprobó y despachó al Senado el proyecto que viene a perfeccionar la legislación vigente en materia de lengua de señas, propuesta iniciada en tres mociones refundida (boletines 10.913, 11.603 y 11.928).

La propuesta legal fue aprobada en general el 11 de julio pasado, oportunidad en que se presentaron cinco indicaciones que determinó una nueva revisión de la Comisión de Desarrollo Social en donde, finalmente, primó el criterio de rechazar los cambios y mantener el texto tal como había sido despachado en el primer informe.

A nivel de Sala, la iniciativa volvió a ser hoy objeto de cuatro indicaciones renovadas, las cuales también fueron rechazadas en voto dividido, quedando el texto planteado por la citada Comisión que fue presentado ante el hemiciclo por el diputado Jaime Naranjo (PS).

La iniciativa, en concreto, modifica la Ley 20.422, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad, en materia de lengua de señas.

En primer lugar, el proyecto efectúa enmiendas en la ley para introducir nuevas definiciones sobre tres conceptos:

1. Persona con discapacidad auditiva: Es aquella que, debido a su funcionalidad auditiva reducida o inexistente, producida por enfermedad, accidente o vejez, en la interacción con el entorno se enfrenta a barreras que impiden su acceso a la información y comunicación auditiva oral dadas por la lengua mayoritaria.

2. Persona sorda: Es aquella que, a partir de su funcionalidad auditiva reducida o inexistente, adquirida desde su nacimiento o a lo largo de su vida, se ha desarrollado como persona eminentemente visual, tiene derecho a acceder y usar la lengua de señas, a poseer una cultura sorda e identificarse como miembro de una comunidad lingüística y cultural minoritaria.

3. Comunidad Sorda: Grupo de personas que constituyen una minoría lingüística y cultural conformada, principalmente, por personas sordas y organizaciones de personas sordas de cualquier tipo, pudiendo también participar en estas las personas con discapacidad auditiva y las personas oyentes que comparten la lengua y la cultura de las personas sordas.

Otros alcances del proyecto

La iniciativa establece, además, que la lengua de señas chilena es la natural, originaria y patrimonio intangible de las personas sordas, así como también el elemento esencial de su cultura e identidad individual y colectiva. Además, se reconoce su carácter de lengua oficial de las personas sordas.

Además, establece que el Estado reconoce y se obliga a promover, respetar y a hacer respetar, de conformidad con la Constitución, las leyes, y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, los derechos culturales y lingüísticos de las personas sordas, asegurándoles el acceso a servicios públicos y privados, a la educación, al mercado laboral, la salud y demás ámbitos de la vida en sociedad en lengua de señas.

Luego, agrega que la enseñanza de la lengua de señas será realizada preferentemente por personas sordas calificadas. Un reglamento dictado por el Ministerio de Educación y el Ministerio de Desarrollo Social regulará las condiciones, requisitos y calificaciones necesarias para su enseñanza.

Finalmente, el texto determina que la enseñanza para los y las estudiantes sordas deberá garantizar el acceso a todos los contenidos del currículo común, así como cualquier otro que el establecimiento educacional ofrezca, a través de la lengua de señas como primera lengua y en español escrito como segunda lengua.