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Publicado 10/11/2017 10:00:36

Diputados ratificaron proyecto que clarifica causal de despido por salud incompatible para profesores

La Cámara de Diputados aprobó el proyecto que modifica el Estatuto Docente, para precisar que, en el caso de los profesores, la causal de término de la función en razón de salud incompatible debe ser siempre calificada por los Tribunales del Trabajo.

La Cámara de Diputados aprobó el proyecto que modifica el Estatuto Docente, para precisar que, en el caso de los profesores, la causal de término de la función en razón de salud incompatible debe ser siempre calificada por los Tribunales del Trabajo.

La iniciativa (boletín 11322), que ahora pasa al Senado, es una moción del diputado Osvaldo Andrade (PS), junto a sus colegas Denise Pascal (PS), Lautaro Carmona (PC), Marcos Espinosa (PRSD), Tucapel Jiménez (PPD), Cristián Monckeberg (RN), Manuel Monsalve (PS), René Saffirio (Ind), Patricio Vallespín (DC) y Matías Walker (DC), que busca corregir una injusticia que afecta a los profesores.

El diputado Andrade explicó que, actualmente, si un docente tiene hasta seis meses de licencia, en un periodo continuo o discontinuo de dos años, el sostenedor o el empleador lo puede despedir sin derecho a ningún tipo de prestación, situación que se pretende revertir con este proyecto.

“Si alguna persona tiene este tiempo de licencia por razones de salud, solo es posible su despido en tanto un Tribunal del Trabajo, un juez, se pronuncie al respecto, previo un informe médico que establece la característica de su enfermedad, si es o no compatible. Y en el evento que se estableciera que es incompatible y, en consecuencia, que podría despedirse, debería pagarse la indemnización”, indicó el legislador.

Detalló, asimismo, que ocurren situaciones tan anómalas como que una persona con 6 meses de licencia, que retorna a su labor totalmente recuperada, puede seguir trabajando y sin embargo el empleador puede despedirlo de todas formas.

Por ello, el texto especifica que la causal de despido por salud incompatible deberá ser calificada por el Tribunal de Trabajo, cuando el docente haya hecho uso de licencia médica en un lapso continuo o discontinuo superior a seis meses en los últimos dos años, salvo en casos de accidentes del trabajo, enfermedades profesionales o por maternidad.

El tribunal, a su vez, solicitará un Informe Médico de Incompatibilidad antes de la audiencia preparatoria, a los organismos o profesionales que estime pertinente, con un diagnóstico completo de la salud del trabajador; un informe sobre la recuperabilidad de su dolencia o enfermedad; y, una opinión médica sobre la compatibilidad o incompatibilidad de dicha enfermedad —sea ésta recuperable o no-, con la labor docente que el trabajador ejerce.

Si se otorga la calificación de incompatibilidad y se despide al docente, este tendrá derecho a todas las indemnizaciones pertinentes.