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Publicado 07/12/2017 12:30:08

Despachan a ley proyecto que promueve mejoras en las remuneraciones y empleo de recolectores de basura

La normativa establece una regla especial que deberá aplicarse en las licitaciones municipales, estableciendo además como condición que la remuneración de los recolectores no podrá ser menor a la de los trabajadores que ejercían previamente esta labor.

La normativa establece una regla especial que deberá aplicarse en las licitaciones municipales, estableciendo además como condición que la remuneración de los recolectores no podrá ser menor a la de los trabajadores que ejercían previamente esta labor.

Con un respaldo de 73 votos, la Cámara de Diputados ratificó las modificaciones del Senado al proyecto (boletín 11012) que promueve mejoras en las remuneraciones y empleo de recolectores de basura.

La iniciativa vela por otorgar mejores condiciones laborales a quienes trabajan en la recolección de basura, dependientes de empresas contratadas por aquellos municipios donde este servicio está externalizado.

En un primer punto, el proyecto establece que en las licitaciones que haga una municipalidad para externalizar el servicio de recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios, barridos y mantención de áreas verdes, la ponderación del criterio relativo a las mejores condiciones de empleo y remuneraciones no podrá ser inferior al 15% de la ponderación total de la evaluación.

Adicionalmente, se establece que la remuneración íntegra que se ofrezca pagar a cada trabajador no podrá ser inferior al promedio de las remuneraciones que recibían quienes cumplían igual función en los tres últimos meses, previos al inicio del proceso licitatorio. El municipio deberá indicar en las bases de licitación, el promedio de remuneraciones de cada función, concernientes al proceso licitatorio anterior.

Para la ponderación de este criterio y el cálculo de las remuneraciones, se considerará únicamente al personal que labore directamente en acciones operativas del servicio. El porcentaje mencionado -15%- se distribuirá en un 70% respecto del monto de las remuneraciones y en un 30% respecto de las condiciones de empleo ofrecidas que superen los mínimos legales. Por ejemplo, que la oferta comprenda la contratación del mayor número de trabajadores que desempeñe dichas funciones en virtud del contrato anterior, condiciones de bienestar u otras que la municipalidad establezca en cada caso.

Además, será requisito de admisibilidad de la oferta la presentación, por parte de la empresa postulante, que presente una dotación suficiente de trabajadores que impida exceder los límites legales establecidos para la jornada de trabajo, incluidas las horas extraordinarias, y un programa de gestión de los riesgos presentes en el trabajo, el que deberá observar las disposiciones legales y demás normas que regulen estos riesgos, así como los criterios de gestión definidos en la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.