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Hacienda despachó cambios a normas de Compras Públicas

El texto amplía el ámbito de aplicación de la ley de compras públicas, mejorando la información existente en el Registro de Proveedores y lo hace obligatorio para contratar con el Estado. Además, incorpora medidas para asegurar participación de las Mipymes en dichos procesos.

La Comisión de Hacienda aprobó en particular y despachó a Sala el proyecto que moderniza la ley N°19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del Estado.

El texto  (boletín 14137), amplía el ámbito de aplicación de la citada ley de compras públicas; mejora la información existente en el Registro de Proveedores y lo hace obligatorio para contratar con el Estado, además de hacer pública la información sobre la gestión de los contratos.

También establece estándares mínimos de probidad y transparencia en las compras que se realicen con recursos fiscales y regula la solicitud de declaraciones de intereses y patrimonio a los funcionarios de Chile Compra.

Asimismo, mejora la eficiencia e incorpora innovación en las compras públicas; establece el análisis de necesidad como primer paso de un proceso de adquisición de bienes y servicios; al igual que la implementación de principios de economía circular en dichas compras. Es decir, previo a realizar un procedimiento de adquisición de bienes muebles o servicios, los órganos de la Administración del Estado deberán consultar en una plataforma si existen otros bienes dentro de la citada administración o servicios compartidos, que le permitan satisfacer la necesidad requerida.

Por último, perfecciona el funcionamiento de la Dirección de Compras y Contratación Pública agregando entre sus funciones el recibir reclamos, denuncias u observaciones del público, a través del Sistema de Información, respecto de los procedimientos de contratación pública que se lleven a cabo.

Junto con ello, el proyecto aumenta la cobertura de los órganos del Estado que estarán afectos al sistema de compras y contratación pública, lo que se traduce en 61 nuevas instituciones.

Micro y pequeñas empresas

En la votación particular, el grupo parlamentario aprobó un conjunto de modificaciones presentadas por el diputado Cosme Mellado (PR), en la línea de evitar discriminaciones hacia las Mipymes en su participación en las compras públicas.

De este modo, se determina que los organismos del Estado que adjudiquen contratos, y en los reglamentos respectivos, deben garantizar la igualdad de los oferentes, la libre competencia, la desconcentración de adjudicaciones y promover la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas en los procesos de contratación.

Para ello, en los procesos especiales de contratación, en específico en lo que respecta a la Compra Ágil, se incorporó a la norma que este tipo de compra podrá realizarse preferentemente con micro, pequeñas y medianas empresas que cuenten con el sello distintivo PYME.

Además, en cuanto al Convenio Marco, se deberán considerar en las ofertas a las Mipymes.

Garantías

Otro punto añadido por la instancia fueron las indicaciones del diputado Giorgio Jackson (RD), para dejar establecido que la respectiva entidad licitante requerirá la constitución de garantías cuando así lo establezca una instrucción de carácter general emanada de la Dirección de Compras y Contratación Pública, suscrita además por el Director de Presupuestos; o una resolución del mismo órgano, en el caso de los organismos que no formen parte de la Administración del Estado.

Con todo, esta instrucción deberá publicarse oportunamente y propenderá a la libre e igualitaria participación de los contratistas, especialmente de las micro y pequeñas empresas señaladas en la ley N° 20.417, que fija normas especiales para las empresas de menor tamaño.

En cuanto al Registro de Proveedores, en este se deberá individualizar a los socios, accionistas, administradores y beneficiarios finales de las personas jurídicas inscritas; contener información sobre los contratos adjudicados, ejecutados, o terminados anticipadamente de cada miembro del registro con algún organismo del Estado, y las multas, sanciones o suspensiones determinadas.

Por último, en cuanto a las órdenes de compra, estas deberán ser emitidas por cada proceso de compra, renegociación o aumento de montos de un contrato o ejecución de una opción de compra, según corresponda.

El proyecto será informado a la Sala por el diputado Alejandro Santana (RN).