Posted on:

Cámara aprobó prorrogar vigencia de las directivas de organizaciones sociales

La iniciativa busca evitar las aglomeraciones producidas por las elecciones de los titulares de directivas de juntas de vecinos, hogares de ancianos o sindicatos, entre otras organizaciones civiles.

Aprueban proyecto

Por unanimidad, la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó, en general y en particular, el proyecto que busca prorrogar la vigencia de los mandatos de las directivas de distintas organizaciones sociales por los efectos del Covid-19, propuesta que ahora quedó en condiciones de pasar a segundo trámite al Senado.

El proyecto, iniciado en mensaje del Ejecutivo y refundido con cinco mociones parlamentarias (boletines 13.415, 13.379, 13.380, 13.390, 13.395 y 13.405), fue presentado a la Sala por medio del informe de la Comisión de Gobierno Interior, que rindió el diputado Marcos Ilabaca (PS).

En concreto, el texto prorroga el mandato actualmente vigente de los directorios u órganos de administración y dirección de las siguientes asociaciones y organizaciones:

  1. Las personas jurídicas constituidas conforme a las normas del Código Civil, es decir, las corporaciones de derecho privado o también llamadas asociaciones, así como fundaciones de beneficencia pública.
  2. Las organizaciones comunitarias funcionales, juntas de vecinos y uniones comunales.
  3. Las asociaciones de funcionarios de la administración del Estado.
  4. Las organizaciones sindicales.
  5. Los directorios de las comunidades agrícolas.
  6. Las demás personas jurídicas sin fines de lucro regidas por leyes especiales.​

 

En todos los casos mencionados, se requerirá haber cumplido el período para el cual fueron elegidos durante la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, declarado por decreto supremo 104, de 18 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, o en el tiempo en que este fuese prorrogado, si es el caso; o que lo hayan cumplido en los tres meses anteriores a su declaración.

Los dirigentes señalados continuarán en sus cargos hasta tres meses después que el estado de excepción constitucional o su prórroga haya finalizado, plazo en el cual se deberá realizar el proceso eleccionario correspondiente.

La prórroga dispuesta no tendrá aplicación en aquellos casos en que las organizaciones mencionadas ya hubiesen electo nuevos dirigentes durante el espacio temporal mencionado y no exista ningún proceso impugnatorio pendiente.

Según la información dada a conocer en el debate y de acuerdo a datos proporcionados por el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, a cargo del Servicio del Registro Civil e Identificación, de un total de 231.292 organizaciones comunitarias registradas desde el año 2012, 40.256 se podrían ver afectadas por el vencimiento de su directorio.

En la tramitación del proyecto, se indicó, que, de no legislarse al respecto, estas organizaciones se verían afectadas en múltiples trámites, incluida la postulación a fondos concursables; agregando que se trata de organizaciones que contribuyen al desarrollo comunitario del país.