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Despachan a ley proyecto que permite una Cuenta Pública Presidencial 2020 por vía telemática

La reforma constitucional permite que el Congreso Pleno sesione por vía remota y que el discurso presidencial, originalmente entregado el 1 de junio, se prorrogue al 31 de julio, solo por el presente año, dada la actual contingencia sanitaria.

Testera de la Sala

En condiciones de convertirse en ley de la República quedó el proyecto de reforma constitucional (boletín 13510) que facilita la rendición de la Cuenta Pública del Presidente de la República para el presente año por la vía telemática.

La iniciativa, que viene a modificar la norma transitoria trigésima segunda de la Carta Fundamental, permite al Congreso Pleno funcionar por medios telemáticos, una vez declarada una cuarentena sanitaria o un estado de excepción constitucional.

El proyecto, previo a ser despachado por la Sala, fue analizado por una Comisión Mixta, luego de que el Senado rechazara, en tercer trámite, las modificaciones propuestas por la Cámara que abordaban, entre otras materias, la posibilidad de que el Presidente de la República participara también de manera telemática.

Así, la instancia, conformada por diputados/as y senadores/as, concordó un texto, ratificado hoy por 101 votos favor, 25 en contra y 25 abstenciones, que adiciona al Congreso Pleno a la facultad ya vigente que permite a la Cámara de Diputadas y Diputados y al Senado funcionar por la vía telemática una vez declarada una cuarentena sanitaria o un estado de excepción constitucional por calamidad pública que signifique grave riesgo para la salud o vida de los habitantes del país o de una o más regiones, que les impida sesionar, total o parcialmente, y mientras este impedimento subsista.

Asimismo, la norma constitucional vigente especifica que, para lo anterior, se requerirá el acuerdo de los Comités que representen a los dos tercios de los integrantes de la respectiva cámara, las que podrán sesionar, votar proyectos de ley y de reforma constitucional y ejercer sus facultades exclusivas. Del mismo modo, se remarca que se deberá asegurar que el voto de los parlamentarios sea personal, fundado e indelegable.

Adicionalmente, el acuerdo de la Comisión Mixta incorporó una disposición que plantea que, en los casos en que el funcionamiento del Congreso Pleno esté condicionado por una contingencia sanitaria, como ya se mencionó, los presidentes de la Cámara y del Senado acordarán:

  1. La dependencia del Congreso Nacional (Valparaíso o Santiago) en la que se cumplirán estas obligaciones.
  2. Quienes podrán concurrir presencialmente a esas sesiones.
  3.  Si dichas sesiones deben realizarse de manera total o parcialmente telemática.

 

Por último, se agrega que la cuenta del estado administrativo y político de la Nación, ante el Congreso Pleno, se realizará el día 31 de julio, solo por el año 2020.