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Rechazan admisibilidad de las observaciones del Presidente a ley de garantías de la niñez

El veto constaba de siete observaciones al texto despachado por el Congreso Nacional en junio pasado. La propuesta del Ejecutivo pasó ahora al Senado, donde su parecer solo será de carácter formal, concluyendo así su trámite.

Sala

Tras un intenso debate, la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados resolvió negativamente sobre la admisibilidad de las observaciones presentadas por el Presidente de la República al proyecto sobre garantías y protección integral al ejercicio efectivo y el goce pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes (NNA).

Recordar que esta propuesta (boletín 10315) crea el Sistema de Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia. A través de ello, se define un marco de políticas, derechos y obligaciones para el Estado y la sociedad en su conjunto.

Se ingresó al Congreso en 2015. Tras altos y bajos en su tramitación, terminó por gestarse un acuerdo en comisión mixta que permitió desentrabar los últimos hitos en discrepancia entre la Cámara y el Senado. Dicho texto fue luego aprobado por ambas Corporaciones el 16 y 23 de junio, respectivamente.

Luego de ello, la propuesta pasó al Ejecutivo para su promulgación. Sin embargo, dicha acción no se concretó por la presentación de dos requerimientos ante el Tribunal Constitucional, que fueron acogidos. Además, el Gobierno decidió presentar observaciones al proyecto que ingresaron el pasado 21 de julio, las mismas que hoy se declararon inadmisibles por la Cámara.

Debate

Dip. René Saffirio rinde el informe

El diputado René Saffirio (IND) entregó a la Sala el informe de la Comisión de Familia. Allí se dio cuenta del criterio adoptado por la mayoría del grupo parlamentario en orden a declarar inadmisibles las siete observaciones por estimar que no dicen relación con la idea matriz.

En el debate, quienes apoyaron la tesis de la instancia técnica sostuvieron que el veto vulnera el acuerdo de la comisión mixta. Se afirmó que es regresivo, rebaja el estándar de protección y desconoce a los NNA como sujetos de derechos. De igual modo, que resta la defensa judicial a la generalidad de los menores.

Además, refutaron que los padres carezcan de facultades, ya que estas estarían consagradas en el cuerpo de ley. Y se observó también que se busca defender conceptos derrotados en la discusión democrática.

En otra visión, el oficialismo respaldó la postura del Gobierno, tanto respecto de la admisibilidad de las observaciones como al fondo de ellas. Se recordó que el grueso del texto legal ya está aprobado y que solo se efectúan enmiendas a aspectos que no fueron parte de los acuerdos de la comisión mixta, sino que puntos objetados durante el trámite y que fueron introducidos por los parlamentarios.

Asimismo, se explicó que las observaciones van en la línea de fortalecer el rol primordial protector de las familias. Adicionalmente, se busca evitar la judicialización del sistema de protección.

Expusieron su posición Matías Walker (DC), Patricia Rubio (PPD), Pablo Prieto (IND), René Saffirio (IND), Rubén Moraga (PC), Natalia Castillo (IND), Diego Schalper (RN), Carmen Hertz (PC), Karol Cariola (PC), Leonidas Romero (RN), Maya Fernández (PS), Boris Barrera (PC), Ximena Ossandón (RN), Marcelo Díaz (IND), Cristina Girardi (PPD), Luis Rocafull (PS), Camila Vallejo (PC), Marcos Ilabaca (PS), Francesca Muñoz (RN), Leonardo Soto (PS) y Pepe Auth (IND). En representación del Ejecutivo participaron los ministros Segpres, Juan José Ossa, y de Desarrollo Social, Karla Rubilar.

Votaciones e implicancias

Al momento de las votaciones, la Sala resolvió sobre la declaración de inadmisibilidad y la confirmó tras registrarse 66 votos a favor, 59 en contra y una abstención.

Tras aprobarse que las observaciones son inadmisibles, la propuesta del Ejecutivo pasó a consideración del Senado. Sin embargo, la respuesta que allí emane será solo de carácter formal. De tal modo, se entiende con dicho acto finalizado el trámite del veto, sin opción a insistencia.

En concreto, las observaciones agregaban en el apartado sobre obligaciones del Estado una norma que especificaba que estos deberes se cumplirían de manera progresiva y conforme a sus atribuciones y medios.

En lo referente al derecho a la honra, intimidad y propia imagen, se sustituía el texto aprobado en el Congreso por otro. Este indicaba que “corresponde a los padres y/o madres, representantes legales o quienes los tengan legalmente a su cuidado, la protección de la intimidad y propia imagen de sus hijos, si su edad y grado de madurez así lo requiriesen”, debiendo escuchar siempre su opinión y atendiendo su interés superior. “Corresponde al Estado respetar este rol”, agregaba.

Luego, se hacían especificaciones en lo relativo al derecho a la salud y a los servicios de salud. Específicamente, respecto a la inmunización contra las enfermedades prevenibles. También se suprimía una norma que garantiza una acción de amparo y el derecho a contar con la asistencia de un abogado en el lugar en el que se encuentren, a todos los NNA detenidos o retenidos ilegal y/o arbitrariamente por las policías o por cualquier otro agente estatal.

Finalmente, se restaba la acción judicial para algunas situaciones.