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Comisión de Pesca despachó proyecto sobre remanentes no consumidos de cuotas pesqueras

La iniciativa, que ahora deberá ser vista por la Sala, busca otorgar un alivio definitivo a la actividad pesquera esencialmente artesanal respecto de estos remantes.

Comisión de Pesca

La Comisión de Pesca aprobó y despachó a Sala un proyecto que modifica la Ley General de Pesca. Su objetivo es efectuar nuevos alcances en materia de remanentes no consumidos de cuotas anuales de captura (boletín 14905).

La iniciativa, aprobada en general el 13 de octubre, busca otorgar un alivio definitivo a la actividad pesquera, esencialmente artesanal, respecto de estos remantes. Esto se llevará a cabo sin afectar la sustentabilidad de los recursos, pues se trata de una cuota ya debidamente determinada, según criterios científicos. Además, con otros resguardos, tales como límites temporales y porcentuales.

En la oportunidad, se aprobaron dos indicaciones, presentadas por el diputado Leónidas Romero (IND). La primera de ellas, señala que la autorización regirá para la sardina común (Strangomera Benticki) y anchoveta (engraulis ringens). Esto, para las regiones desde Valparaíso a Los lagos.

La norma restante (no modificada por la enmienda) indica que, entre las regiones de Coquimbo a Los Lagos podrá ser extraído el remanente de cuota no consumido dentro de los noventa días de captura posteriores al inicio de las temporadas respectivas del año siguiente.

La segunda indicación aprobada establece que la presente norma regirá solo para los remanentes no consumidos durante el año 2022.

El proyecto lo informará en la Sala la diputada Clara Sagardia (IND).

Otros aspectos

La norma indica que si las temporadas tuvieran inicio con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley, el plazo de 90 días se contará desde su publicación en el Diario Oficial.

El proyecto toma en consideración que la cuota global de captura tenga un mínimo del 10% de disponibilidad no capturada en el año. Igualmente, que la pesquería no se declare en condiciones de agotamiento o colapso por parte del comité científico. Por último, que el traspaso de remanentes no supere el 30% de la cuota global del año anterior.

Dicho diagnóstico, debe tener un informe técnico emanado por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura. Esto, en base a los informes de evaluación de Instituto de Fomento Pesquero es una Corporación de Derecho Privado y refrendado mediante decreto exento.

Además, establece que, existiendo remanente, las capturas efectuadas en el año antes de la entrada en vigencia de la ley y las que se realicen desde ese momento, se imputarán automáticamente por parte del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura a dicho remanente y, solo una vez consumido o vencido el plazo anterior para su captura, se imputarán al año calendario en curso.

Acota que dichas reglas serán igualmente aplicables en los casos en que la fracción artesanal de la cuota global se encuentre sometida al Régimen Artesanal de Extracción.