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Proyecto que aumenta requisitos para la obtención de la libertad condicional se verá en comisión mixta

La Sala de la Cámara no aprobó parte de las modificaciones planteadas por el Senado a la propuesta que la Corporación despachara, en primer trámite, en septiembre de 2021.

Dip. Andrés Longton

Múltiples fueron los cambios realizados por el Senado al proyecto que modifica el Código Penal (boletines 14090, 14091, 14092, 14100 y 14121) que determina mayores exigencias para la obtención de la libertad condicional.

Tras su análisis, la Sala de la Cámara optó por rechazar tres de estas enmiendas al texto que despachara en septiembre de 2021. Con ello, la propuesta deberá abordarse en una comisión mixta con el Senado para superar las diferencias.

Varias de las modificaciones apuntaron a eliminar algunas de las normas definidas en el primer trámite. Sin embargo, dos de estos cambios obedecieron a que la Ley 21.483 ya contempló dichas disposiciones. Una de ellas es la que aumenta la pena del presidio simple. La otra incluyó al homicidio simple en el catálogo de crímenes que deben cumplir un periodo mínimo de dos tercios de la pena para optar a la libertad condicional.

Además, se incorporó al citado catálogo al robo con violación. Junto a ello se definió como conducta intachable haber obtenido nota “muy buena” durante los seis bimestres anteriores a su postulación. Esta idea la contemplaba la Cámara en términos más generales, mientras que el Senado lo limitó a los delitos mayores que deben cumplir al menos dos tercios de la pena para optar al beneficio.

Opinión de las víctimas

Se definió que Gendarmería deberá comunicar al tribunal a cargo de la ejecución de la pena respectiva, las postulaciones para la obtención de la libertad condicional presentadas por los condenados. Ello se realizará, a lo menos, 15 días antes de la fecha de postulación (estas se efectúan los primeros quince días de abril y octubre).

Luego de la acción recién descrita, el tribunal deberá notificar a la víctima sobre el punto, dentro de los cinco días siguientes de recibida la citada comunicación.

La víctima, personalmente o a través de su representante, podrá dar a conocer sus alegaciones. Estas podrán ser por escrito, ante la Comisión de Libertad Condicional respectiva, durante los primeros cinco días de los meses de abril y octubre, según corresponda.

La Comisión podrá, además, oír en audiencia a la víctima o a sus representantes, si ésta así lo solicitase, por fundamentos especialmente calificados, ya sea en atención a la gravedad de los hechos por los que la persona postulante fue condenada o por su calidad de reincidente.

Esta temática se abordó, por parte de la Cámara, a través de la Comisión de Libertad Condicional. Por ello, dichas normas se eliminaron en el Senado.

Repostulación y seguimiento

Se estableció como nueva exigencia fundamentar de manera expresa el cambio de circunstancias por el cual el beneficio amerita su otorgamiento, cuando se trate de una repostulación para la obtención de la libertad condicional. En tal evento, se deberá gatillar el procedimiento ya descrito de notificación a la víctima.

El texto aclara que los planes de seguimiento e intervención individual de las personas con libertad condicional propenderán a prevenir la victimización secundaria de la persona ofendida por el delito. De igual modo, se obliga a la firma de un compromiso de no realizar acciones de amedrentamiento u hostigamiento.

El Senado eliminó la norma de la Cámara que permitía la revocación del beneficio. Ello operaba cuando el condenado realizara acciones de amedrentar u hostigar a la víctima o a sus familiares.

Por último, entre otras enmiendas, se establece un nuevo derecho de las víctimas. Pasa por ser informadas acerca de las postulaciones a libertad condicional y de la concesión de permisos de salida ordinarios de la persona condenada. En este marco, además, se fijan procedimientos para su adecuada información.

Debate

Ministro de Justicia

En la discusión participaron Andrés Longton (RN), Erika Olivera (IND), Marta Bravo (UDI), Bernardo Berger (IND), Marcos Ilabaca (PS), Diego Schalper (RN), Cristhian Moreira (UDI), Luis Sánchez (PREP), Jorge Guzmán (Evop), Henry Leal (UDI), María Luisa Cordero (IND), Miguel Mellado (RN), Hotuiti Teao (IND), Juan Carlos Beltrán (RN), Vlado Mirosevic (PL), Andrés Jouannet (Amarillos) y Francisco Pulgar (IND).

En términos generales, las y los parlamentarios resaltaron la importancia de abordar esta temática. Recordaron que tuvo su origen en casos dramáticos, como el asesinato de Ámbar Cornejo, cuyo agresor estaba con libertad condicional. Así, remarcaron la importancia de limitar este beneficio carcelario y de mejorar la forma en la cual se otorga.

De igual modo, se observó la importancia de avanzar también en un cambio de fondo del sistema, con la creación de tribunales de ejecución de pena. En tal plano, felicitaron que dicha materia ya se aborde en un proyecto en trámite en la Cámara.

Otro punto resaltado son los nuevos beneficios entregados para las víctimas. De hecho, el ministro de Justicia, Luis Cordero, relató que gran parte de las modificaciones consideraron la posición de las víctimas. Igualmente, fueron en línea de establecer el mecanismo de comunicación más eficiente y evitar la revictimización.

En el debate, diputados alertaron que aceptarían algunos de los cambios realizados por el Senado. Se sostuvo que se defenderá que cualquier beneficio de salida se autorice por un juez de garantía. Lo segundo es definir que la libertad condicional, una vez rechazada, se tenga que solicitar después de un año y no en el siguiente semestre.

En línea con lo anterior, al momento de las votaciones, ambos puntos modificados por el Senado se rechazaron. De la misma manera, se refutó una enmienda que obliga a informar a las víctimas sobre la concesión de permisos de salida. Los tres puntos se verán ahora en la comisión mixta.