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Apelan por un efectivo cumplimiento de la Ley de inclusión en la educación

En la resolución se observa que las y los estudiantes no suelen contar con programas especiales en las instituciones de educación superior, lo que implica una limitante a su continuidad estudiantil y un incumplimiento de la ley.

Discapacidad

Un efectivo cumplimiento de la Ley de inclusión en establecimientos de educación superior. Esa es la finalidad de la resolución 957, aprobada de manera unánime por la Sala de la Cámara.

El llamado al Presidente de la República lo promovieron la diputada Pamela Jiles (PH) y René Alinco (IND). En lo particular, se insta a que adopte todas las medidas que sean necesarias para garantizar que todas las instituciones de educación superior, públicas y privadas, cumplan con la citada ley.

Así, se aspira a que se implementen programas de inclusión de alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales. La idea es que puedan superar las barreras asociadas a sus condiciones específicas para el aprendizaje durante la vida universitaria.

Se recuerda que la Ley 20.422 encarga al Ministerio de Educación cautelar la participación de las personas con discapacidad en los programas relacionados con el aprendizaje, desarrollo cultural y el perfeccionamiento. Asimismo, dispone que las instituciones de educación superior cuenten con mecanismos que faciliten el acceso de estas personas. Igualmente, promover una adaptación de los materiales de estudio y medios de enseñanza, en la misma línea.

Pese a lo anterior, los autores consideran preocupante que la inmensa mayoría de las instituciones de educación superior no cuente con programas que logren identificar a personas con algún déficit, trastorno y/o que presenten necesidades educativas especiales. Esto se observa como un incumplimiento de la ley de inclusión, tanto de los establecimientos como del Estado, en su rol fiscalizador.

En tal contexto, se estima que tener programas de integración escolar, sin garantizar la opción de continuidad en los estudios, es discriminatorio.