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A ley inhabilitación perpetua para ejercer funciones en el sector deportivo por delitos económicos

La Cámara respaldó las enmiendas del Senado al proyecto que aumenta sanciones a dirigentes deportivos que cometan actos de corrupción o estafa, entre otros.

Sala

Imponer a quienes desempeñan alguna función en organizaciones deportivas la pena de inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos, empleos, oficios o profesiones dentro de dichas entidades, por cometer delitos económicos, es el objeto del proyecto (boletín 13222) despachado por la Cámara al Ejecutivo para su promulgación.

La propuesta, originada en diputados/a, se revisó en tercer trámite. Así, el texto se respaldó tras aprobarse la nueva redacción del Senado, por 122 votos a favor.

La enmienda pasó por agregar nuevos delitos, como las estafas relacionadas a la apropiación o distracción de dinero. Igualmente, se adicionó la salvaguardia o gestión del patrimonio, incluso, si es encomendado por una sociedad anónima abierta o especial.

Además, ya no sólo se incluye a organizaciones deportivas, sino que, también, a las Sociedades Anónimas Deportivas Profesionales (SADP).

El fin de la normativa es aumentar las sanciones para aquellos dirigentes deportivos que ejecuten actos de corrupción. De la idea de establecer una inhabilidad para ejercer nuevamente cargos dirigenciales.

Pena accesoria

Para sus fines, la iniciativa modifica la Ley del Deporte (19.712). Define una pena accesoria de inhabilitación absoluta y perpetua que se aplicará conjuntamente a la asignada al delito respectivo. 

Dicha sanción anexa se dirige a quien desempeñe algún tipo de función en una organización deportiva contemplada en las leyes del Deporte y la que regula las Sociedades Anónimas Deportivas Profesionales (20.019), cualquiera sea su denominación. Se imputará cuando se trate de ciertos delitos de corrupción, concursales o defraudaciones, así como por estafa, estipulados en el Código Penal.

La pena en cuestión incluye:

  • La privación de todos los cargos, empleos, oficios y profesiones ejercidos en organizaciones deportivas.
  • La incapacidad para obtener los cargos, empleos, oficios y profesiones en organizaciones deportivas, perpetuamente.

 

Ejecutoriada la sentencia definitiva, el tribunal la comunicará al Instituto Nacional del Deporte.

Discusión

Participaron en el debate Erika Olivera (DEM), Marisela Santibáñez (PC), Daniel Lilayu (UDI), José Carlos Meza (PREP), Andrés Jouannet (AMA), Bernardo Berger (IND), Jaime Sáez (RD) y Andrés Giordano (IND).

Las y los legisladores coincidieron en sancionar lo que ocurre en organizaciones deportivas y sociedades anónimas del sector. Se trata de entidades, acotaron, donde muchos dirigentes realizan fraudes, malversan fondos y realizan actos de corrupción. Además, distraen recursos públicos destinados a la práctica y al desarrollo de los deportistas.

Recalcaron que estos hechos se producen a nivel profesional y amateur, lo que ha quedado demostrado principalmente en el fútbol. Agregaron, que la inhabilidad perpetua para ejercer cargos es una medida efectiva para alejar a malos elementos que se cambian de organización y siguen cometiendo corrupción.

Asimismo, llamaron al Instituto Nacional del Deporte (IND) a tomar en serio la fiscalización que es prácticamente nula, para que la iniciativa no sea letra muerta.