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Despachan ley que pesquisará eventuales infracciones en el comercio exterior

La iniciativa aprobada por la Cámara busca controlar las importaciones que se hagan al país, que puedan ser objeto de vulneraciones a la reglamentación tributaria o representar situaciones de comercio ilegal.

Dip. Agustín Romero rinde el informe

Un nuevo proyecto de la agenda de seguridad aprobó y despachó al Ejecutivo la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados. Se trata de la iniciativa (boletín 16466) que establece la obligatoriedad para los contribuyentes de realizar inicio de actividades cuando operen en el comercio exterior.

El informe de la Comisión de Hacienda lo presentó el diputado Agustín Romero (PREP). En el se explica que, para cumplir con sus fines, la propuesta enmienda el Código Tributario.

Particularmente, se establece una presunción de iniciación de actividades para personas que operan en el comercio exterior realizando importaciones a Chile en un período móvil de 12 meses. Aplica para valores de, al menos, US$ 3.000, por cada importación o de manera agregada. Dichos valores excluyen costos de exportación, como seguros y fletes.

Se excusarán de lo anterior las personas que acrediten, fehacientemente, que se trata de bienes destinados a su consumo o uso personal.

En otras palabras, constituirá una presunción de que la persona está adquiriendo productos para su posterior comercialización, cuando esté realizando una serie de importaciones en 12 meses que en su totalidad sumen o superen el mismo valor.

Más control del comercio exterior

Durante el trámite, el Ejecutivo explicó que, en el contexto de la agenda de seguridad, se detectaron diversas brechas por cubrir. Una de ellas apuntó a la necesidad de realizar un mayor control a las actividades de comercio exterior.

Según se relató, esta materia era parte de otro proyecto de ley, aún en trámite en el Senado. Pero, dada la urgencia de sacar adelante esta normativa, se optó por avanzar separadamente.

Así, la idea es proteger el patrimonio fiscal y la seguridad nacional, dotando de una herramientas al SII y a Aduanas en materia de fiscalización de infracciones, delitos tributarios, aduaneros y del crimen organizado, mediante el establecimiento en el Código Tributario de la citada presunción de iniciación de actividades.

El objeto es obstaculizar el comercio ilegal a gran escala. Asimismo, evitar el comercio informal mediante la utilización de plataformas digitales. Y, junto a ello, impedir la vulneración de la norma a través de la segmentación de importaciones.