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Facilitan habilitación del reglamento tipo para condominios de densificación predial

La norma despachada a ley corrige una traba definida en la Ley de Copropiedad Inmobiliaria, al tiempo que extiende la aplicación de la norma al 13 de abril de 2022.

Dip. Sergio Bobadilla rinde el informe

Facilitar la habilitación del reglamento tipo para condominios de densificación predial es el objetivo del proyecto aprobado en forma unánime por la Cámara y remitido al Ejecutivo para su promulgación como ley, tras ratificarse el texto en los mismos términos que el Senado.

La iniciativa (boletín 16390) se presentó a la Sala a través del informe de la Comisión de Vivienda que rindió el diputado Sergio Bobadilla (UDI). Para sus fines modifica la Ley 21.442, sobre copropiedad inmobiliaria.

En lo principal, viene a subsanar un error de la citada ley. Así, corrige un artículo precisando que el reglamento tipo para condominios no requiere ser sometido a consulta pública ni ser sancionado por el reglamento de ese cuerpo legal. Por el contrario, este debe aprobarse mediante resolución exenta del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

Cabe mencionar que el referido reglamento tipo se trata de un documento que ya fue aprobado por el Ministerio de Vivienda. Está dirigido a aquellas comunidades que, a la fecha de dictación de la ley, no tuvieran un reglamento de copropiedad aprobado.

Texto como queda

Con la modificación aplicada, la primera de las normas establece que, a falta de reglamento de copropiedad, los condominios de densificación predial se regirán por el que se establezca en el reglamento de esta ley como reglamento tipo. Ello se realizará sin necesidad de que éste se encuentre inscrito en el conservador de bienes raíces respectivo.

Finalmente, se introduce una norma retroactiva. Por su intermedio, se establece que la modificación tendrá aplicación a partir del 13 de abril de 2022.

Recordar que la ley vigente ya define que los condominios de densificación predial no requerirán comité de administración ni administrador. Y, aquellos de hasta cuatro viviendas, además, no necesitarán contar con fondo de reserva, estacionamientos, seguros ni planes de emergencia. Por otra parte, especifica que las normas urbanísticas aplicables serán solo las establecidas en el Reglamento Especial de Viviendas Económicas.