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Rechazan que se adelante la entrada en funcionamiento del SLEP de Chiloé

El mensaje del Ejecutivo planteaba anticipar en tres meses la operación del Servicio Local del archipiélago, es decir, para el 1 de marzo de 2024. En todo caso, se aprobó el tema de facultar el nombramiento de un director ejecutivo suplente en los SLEP.

Testera

La compleja situación de la administración municipal de la educación en la provincia de Chiloé motivó al Ejecutivo a proponer que se adelantara, al 1 marzo de 2024, la entrada en funcionamiento del Servicio Local de Educación Pública (SLEP) de este territorio.

Para eso presentó un proyecto de ley (boletín 16505), que también permite adecuar la Ley 21.040, en materia de suplencia de directores ejecutivos, que la Cámara revisó hoy en primer trámite y que, si bien aprobó en general, no apoyó en su conjunto. De tal modo, solo parte del articulado pasó a segundo trámite, al Senado.

Específicamente, la idea de legislar obtuvo 107 votos a favor, 16 en contra y 7 abstenciones. Pero, luego, en votación separada, se rechazó que se anticipe la labor del SLEP en Chiloé y sus normas relacionadas, por 59 votos a favor, 59 en contra y 13 abstenciones.

Según explica el informe de la Comisión de Educación, el decreto 162 de 2022, del Mineduc, define que la fecha de entrada en funcionamiento del SLEP Chiloé sea el 30 de junio de 2024. Empero, el Gobierno esperaba alterar la fecha dada la existencia de diversos problemas que vislumbraron en la comuna de Ancud. Ella, desde agosto de 2023, está sujeta al régimen de administración provisional, que solo podrá ejercer facultades hasta el término del año laboral docente 2024.

Además, se sumaba el hecho que el alcalde se encuentra sancionado con inhabilidad perpetua para ejercer la función de sostenedor educacional.

Director ejecutivo suplente

Pese al rechazo anterior, se mantuvo el artículo primero del mensaje referido a que la normativa actual contempla supuestos para la remoción del director ejecutivo de un Servicio Local. Sin embargo, no contempla un mecanismo para que la autoridad administrativa pueda nombrar un director ejecutivo suplente. Ello, en situaciones de crisis, a fin de asegurar la continuidad en la entrega del servicio educacional.

Además, explica que la figura del administrador provisional no resulta idónea para reemplazar al director ejecutivo de un servicio local en situaciones críticas. Por ello, se propone que se pueda nombrar a un director ejecutivo suplente por un tiempo determinado. Adicionalmente, se plantea que se verifiquen las causales legales, para resguardar el derecho a la educación de niñas, niños y adolescentes.

Así, el texto señala que cuando el cargo de director ejecutivo del SLEP esté vacante o no esté siendo desempeñado por su titular, por al menos veinte días corridos, el director de Educación Pública podrá solicitar al Presidente de la República que nombre a un director ejecutivo suplente del servicio local. Ello, sin seguir normas de Alta Dirección Pública.

Se consideran como causales de este nombramiento las siguientes:

  1. La existencia de riesgo de afectación de la continuidad del servicio educativo. Esto se calificará mediante informe de la Superintendencia de Educación, respecto de temas como número de establecimientos educacionales, matrícula y prestación del servicio educativo, entre otros.
  2. Informes de la Contraloría General de la República en los tres años previos a la solicitud de designación, cuyas observaciones se resolverán en breve plazo. También informes de la Dirección de Educación Pública o del Mineduc remitidos al Ministerio Público, Consejo de Defensa del Estado o la Contraloría.
  3. Que exista menos de la mitad de cargos de Alta Dirección Pública en el SLEP, ejercidos por sus titulares.

 

El director ejecutivo suplente se mantendrá en funciones por un tiempo máximo de un año. Empero, podrá extenderse en el ejercicio en caso de remoción en curso o en trámite de proceso de selección regular. En todo caso, su período se extenderá hasta que reasuma sus funciones el director titular o asuma un nuevo director ejecutivo.

Debate

Dip. Eduardo Cornejo

El diputado Eduardo Cornejo (UDI) informó el trabajo de la Comisión de Educación. Posteriormente, participaron Jaime Sáez (RD), Fernando Bórquez (UDI), Stephan Schubert (IND), Daniella Cicardini (PS), Héctor Barría (DC), Mónica Arce (IND), Daniela Serrano (PC), Helia Molina (PPD), Alejandra Placencia (PC), Alejandro Bernales (PL) y Miguel Ángel Becker (RN).

Sobre el tema de adelantar el funcionamiento del SLEP de Chiloé hubo diversos matices. Algunos rechazaron que se implemente el sistema mientras se suspende su aplicación en otras regiones por ser una mala política pública. Otros criticaron que el proyecto se presentara abruptamente, sin considerar la opinión del territorio.

En tanto, quienes lo defendieron, relevaron la necesidad de fortalecer la educación pública. Apuntaron que la crisis de la educación municipal tiene malos resultados. Así, recalcaron que se adeudan, por años, sueldos y cotizaciones a las y los trabajadores. En este sentido, esperan que el traspaso que se realizará en 2025 considere la insularidad y las necesidades de Chiloé.

Respecto a la posibilidad de nombrar un director ejecutivo suplente, hubo acuerdo. Se tomó como referencia que en la crisis educacional del SLEP de Atacama no se podía suplir a quienes estaban sumariados. A su vez, se pidió que el Gobierno ejerza más control y fiscalización en la administración de los SLEP y se elija a personas idóneas y capacitadas para los cargos.