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Avanza votación para eliminar beneficios a condenados por delitos sexuales contra menores

La Comisión de Constitución inició la votación en particular del mensaje del Ejecutivo y acordó oficiar a la Corte Suprema para que se pronuncie sobre la iniciativa.

Con la presencia del Ministerio de Justicia, de la Defensoría Nacional y la Defensoría de la Niñez, la Comisión de Constitución inició la votación en particular del proyecto de ley, iniciado en mensaje, que excluye a los condenados por delitos sexuales contra menores de los beneficios carcelarios regulados en la ley N°19.856 (boletín 13.046).

La iniciativa ingresada en noviembre de 2019, se discute con urgencia de discusión inmediata, tras el asesinato de la menor Ámbar Cornejo, cuyo único imputado por el crimen, Hugo Bustamante, había obtenido la libertad condicional en mayo de 2016.

El proyecto de ley propone modificar la citada ley, incorporando en esta norma el catálogo de crímenes sexuales que se comenten contra personas menores de edad.  De esta forma, no podrían acceder a rebajas de condenas quienes hayan cometido los siguientes crímenes tipificados en el Código Penal:

  • Trato cruel, inhumano o degradante con violación o abuso sexual agravado
  • Violación
  • Violación de persona menor de 14 años
  • Estupro
  • Abuso sexual agravado
  • Abuso sexual de persona menor de 14 años
  • Trata calificada de personas, en relación a la explotación sexual.

Exposiciones

La defensora de la Niñez, Patricia Muñoz, señaló que la Defensoría de los Derechos de la Niñez apoya la idea de discutir mecanismos para efectivizar el derecho a la protección reforzada que tienen los niños, niñas y adolescentes (NNA).

Planteó que dicha institución recomendó hacer un análisis exhaustivo del Código Penal para que ningún crimen quede fuera, de acuerdo a los criterios definidos por el proyecto del gobierno, como el abuso sexual propio, la exposición a actos de significación sexual o el favorecimiento de prostitución de menores, entre otros.

La defensora recalcó que el proyecto de ley no regula mecanismos dirigidos directamente a la prevención y alerta de abusos contra NNA y habló de la necesidad de diseñar e implementar un sistema de ejecución de penas, un sistema de monitoreo y cumplimiento profesionalizado para avanzar hacia una legislación integral.

Al respecto, el ministro de Justicia, Hernán Larraín, respondió señalando que el proyecto es más bien acotado, y que solo se remite a los beneficios carcelarios para condenados por delitos sexuales. Sin embargo, reconoció que se debe ampliar el catálogo de delitos que incluye la iniciativa y que estos deben ser igualados a los incluidos en la Ley de Imprescriptibilidad de Delitos Sexuales contra Menores.

Por parte de la Defensoría Nacional, Rodrigo Lillo, profesional de la Unidad de Defensa Especializada, insistió en la reinserción social como el principal objetivo de la ley N° 19.856 y, en esa línea, sostuvo que el presente texto iría en contra del espíritu de la misma, al mantener las condenas sin obtención de beneficios. El profesional agregó, como antecedente, que la sola determinación de la pena influye sólo en un 25% en la comisión del delito.

Sobre el contenido y alcance de esta iniciativa, la comisión acordó oficiar a la Corte Suprema para que se pronuncie sobre la materia.