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Fundaciones educacionales exponen ante la comisión sobre acusación constitucional

La instancia encargada de analizar la admisibilidad del libelo acusatorio en contra del ministro de Educación escuchó, además, al abogado del Instituto Chileno de Derecho Educacional, Pablo Sandoval, y al abogado Juan Luis Chomalí.

Tomás Recart

Continuando con la recepción de exposiciones, la comisión encargada de informar la procedencia de la acusación constitucional presentada en contra del ministro de Educación, Raúl Figueroa, por eventual incumplimiento a la Constitución y las leyes, recibió a fundaciones del área educacional y a dos abogados.

El director de Enseña Chile, Tomás Recart, sostuvo que si queremos realmente el desarrollo integral de los estudiantes debemos apuntar a la presencialidad. Afirmó que el encierro provoca un efecto importante en la salud mental de los estudiantes.

Explicó que se podría hacer una comparación entre los Servicios Locales de Educación Pública y la Educación Municipal ante la misma regulación, seguridad y condiciones. Ello, porque el ministro tiene mucho más injerencia en los primeros que en los segundos, ya que en este caso el sostenedor es el alcalde o la alcaldesa.

Otras exposiciones

La presidenta de Unidos por la Educación, Judy Valdés, detalló que hay falencias en las comunidades educativas por parte del ministro. Subrayó que los recursos que el Ministerio indica haber entregado en pandemia son inexistentes en algunas comunidades.

Puntualizó que hay problemas de infraestructura en techos, baños, patios, cierres perimetrales y otros. Es decir, no hay inversión. Además, explicó que hay problemas de plagas de ratones, palomas y termitas.

Expuso que a las comunidades escolares no se les incluye en la realización de protocolos de vuelta a clases. Detalló que las mesas de trabajo no están operativas y que hay atraso, por ejemplo, en la entrega de notebooks a los estudiantes de séptimo básico.

En tanto, la directora de Acción Educar, Magdalena Vergara, explicó que la acusación constitucional debe sustentarse sobre hechos graves que configuren una infracción a la ley o la Constitución por parte del ministro.

Según declaró, ninguno de los tres apartados sobre los que se sustenta la acusación (vulneración al derecho de la educación; abandono de los profesionales de la educación; y la vulneración al derecho a la vida) tienen mérito suficiente para ello, por no configurar un ilícito o por no ser de responsabilidad del ministro el hecho que se imputa.

Estimó que los hechos sobre los que se sustenta el actuar ilegal y sus consecuencias son imprecisos y apuntan a situaciones particulares.

Pablo Sandoval

Pablo Sandoval

El abogado del Instituto Chileno de Derecho Educacional, Pablo Sandoval, dijo que hay una obligación reglada de proponer normas aplicables al sector. Precisamente, recalcó, porque el juicio que se está haciendo en esta acusación no es de merito y no tiene que ver con que si se hicieron bien o mal las cosas.

“Por ejemplo con la flexibilización de los recursos SEP uno podría decir que está bien y que es adecuado. Esa es una prestación de mérito. Lo que yo hice por ejemplo es demostrar que en realidad la finalidad es aceptable, el punto es el mecanismo utilizado: un dictamen de la Superintendencia y no una ley como debió haberse hecho”, planteó.

Explicó que su postura apunta a hay obligaciones estatales en materia de educación respecto de las cuales el Estado está obligado a una serie de cosas y que el Estado tenía que seguir cumpliendo.

“Por lo tanto, allí más que mérito de si estuvo bien o mal, yo diría que hay cumplimiento de una obligación reglada. De la misma manera que digo que hay una obligación reglada de proponer las normas aplicadas al sector, que, a mi juicio, en esas materias -subvenciones regulación de clases presenciales y regulación del trabajo docente-, me parece que no fue cumplida”, enfatizó.

Luis Chomalí

El abogado Juan Luis Chomalí se concentró en el primer capitulo de la acusación sobre la supuesta vulneración de derecho a la educación en materia de regulación y financiamiento.

Uno de los puntos mencionados en su intervención y en el que discrepa dice relación con errores en las imputaciones. Señaló que al ministro se le imputa el haber dado una orden al superintendente de financiar los gastos producidos por la pandemia con la Subvención Escolar Preferencial emitiendo los dictámenes 54 y 55 para flexibilizar su uso.

Según explicó, el problema de esta imputación es que no se demuestra. No se dice cómo, cuándo, dónde o bajo qué medios o circunstancias el ministro obligó al superintendente a dictar esos dictámenes. En tal plano, estimó que ese es el problema que tiene la acusación desde un punto de vista estrictamente jurídico.

Adicionalmente, precisó que el superintendente no es un dependiente jerárquico del ministro. Este es un servicio desconcentrado, porque la Superintendencia es un servicio desconcentrado. Por lo tanto, recalcó que la supervigilancia es diferente al control jerárquico. “Son decisiones independientes, sino, no hay autonomía”, acotó.